El objeto de las Becas de Asistencia a la Formación es apoyar e incentivar la asistencia y participación de los jóvenes, activos en el programa de tutorización del Espacio Joven de la concejalía de Juventud, en las diferentes acciones formativas llevadas a cabo para la activación y cualificación de los jóvenes del municipio.
En el programa formativo de la concejalía de Juventud se indicará aquellas acciones formativas que sean objeto de beca por asistencia y participación a la formación, así como al reintegro de tasas, costes y derechos de examen.
GASTOS Y COSTES SUBVENCIONABLES
Se subvencionará la asistencia a las acciones formativas por la concejalía de Juventud, que a criterio de ésta deban ser becados, cubriendo la asistencia y participación, así como el coste de tasas, derechos y costes de examen.
DOCUMENTACIÓN PARA ADJUNTAR
Solicitud debidamente cumplimentada
Fotocopia del DNI/NIE del solicitante.
En el caso de solicitar beca para el gasto de tasas, derechos y costes de participación en exámenes, se aportará el justificante del abono de las tasas y de la presentación al examen.
Certificado de la Entidad bancaria de disponer de cuenta abierta a nombre de la Entidad, indicando el nombre del solicitante.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Se realizarán a lo largo del año tres convocatorias en función del número de solicitudes recibidas, quedando a criterio técnico, la realización de las dos primeras convocatorias.
Los períodos de presentación de las solicitudes de Beca serán los siguientes:
1ª Convocatoria: Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024
2ª Convocatoria: Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2024
3ª Convocatoria: Entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2024
Siendo resueltas la 1ª convocatoria a lo largo del mes de abril, la 2ª convocatoria a lo largo del mes de julio y la 3ª convocatoria a lo largo del mes de noviembre.
Las solicitudes presentadas a una de las dos primeras convocatorias, que por el escaso número de las mismas, no se lleve a efecto, pasarán automáticamente a optar a las becas en la siguiente, dentro del ejercicio presupuestario correspondiente.
TRAMITACIÓN INSTANCIAS
Una vez recopilada la documentación a adjuntar debe tramitarla atendiendo a los modos de presentación de la instancia que encontrarás aquí.
Más Información:
socialjoven@ayto-cartagena.es
968 128 862
El objeto de las becas de compensación será apoyar económicamente a los jóvenes participantes en el programa de tutorización del Espacio Joven de la concejalía de Juventud para cubrir todo tipo de gastos que genere la obtención de cualquier titulación educativa, formativa y de estudios.
GASTOS Y COSTES SUBVENCIONABLES
En las becas de compensación, se incluirán los siguientes conceptos:
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, los jóvenes de 16 a 35 años, tutorizados por el Espacio Joven, residentes en el municipio de Cartagena, que cumplan los requisitos recogidos en Bases de la convocatoria.
DOCUMENTACIÓN PARA ADJUNTAR
En el caso de pensionistas, justificante de la pensión o pensiones de las que sean titulares los miembros de la unidad familiar.
Para las personas desempleadas, Certificado del SEF acreditativo de su situación de desempleo y percepción o no de prestación económica relativa a los miembros adultos de la unidad familiar.
Certificado de la Entidad bancaria de disponer de cuenta abierta a nombre del solicitante.
CONVOCATORIAS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Se realizarán a lo largo del año tres convocatorias en función del número de solicitudes recibidas, quedando a criterio técnico, la realización de las dos primeras convocatorias.
Las convocatorias se desarrollarán en los siguientes periodos:
1ª Convocatoria: Entre los meses de enero a marzo ambos inclusive.
2ª Convocatoria: Entre los meses de abril a junio ambos inclusive.
3ª Convocatoria: Entre los meses de julio a octubre ambos inclusive.
La 1ª convocatoria se resolverá a lo largo del mes de abril, la 2ª convocatoria a lo largo del mes de julio y la 3ª convocatoria a lo largo del mes de noviembre.
Las solicitudes presentadas a una de las dos primeras convocatorias, que, por el escaso número de estas, no se lleve a efecto, pasarán automáticamente a optar a las becas en la siguiente, dentro del ejercicio presupuestario correspondiente.
TRAMITACIÓN DE INSTANCIAS
Una vez recopilada la documentación a adjuntar debe tramitarla atendiendo a los modos de presentación de la instancia que encontrarás aquí.
Más información:
968128862
El programa VIVEUROPA tiene como finalidad promover y apoyar acciones que permitan el perfeccionamiento del idioma inglés para prosperar y avanzar en el desarrollo personal y profesional de las personas jóvenes, a través de esta experiencia en el extranjero.
Destinatarios:
Jóvenes de entre 18 y 30 años que tengan un nivel mínimo de A2 y máximo de C1 y que necesiten reforzar la competencia idiomática para su desarrollo profesional y/o personal.
Requisitos para participar en la convocatoria:
Podrán beneficiarse del programa “VIVEUROPA” aquellos/as jóvenes que en el momento de la Convocatoria:
Características del programa:
Documentación a aportar con la instancia:
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde la publicación de las bases en el Tablón de Anuncios Municipal. (Día 4 de marzo de 2024)
Tramitación de instancias:
Una vez recopilada la documentación a adjuntar debe tramitarse atendiendo a los modos de presentación de la instancia que encontrarás aquí.
Proceso de selección:
Consultar las Bases de la Convocatoria en el apartado Enlaces asociados de esta página.
+info:
espaciojoven@ayto-cartagena.es
968128862
La Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena convoca, en el marco de las actividades del Programa Urban CT y con motivo del día de la Música 2024, el Concurso Dijing 2024 que se celebrará el 15 de junio.
Requisitos:
Podrán participar en el Concurso, los jóvenes o grupos de jóvenes, en su caso, que tengan entre 16 y 36 años.
No podrán participar en el presente Concurso, los familiares del personal de la Concejalía de Juventud. Se acreditara mediante la aportación de fotocopia del DNI o tarjeta de residente.
Cuando se trate de grupos o colectivos, se entenderá como representante de estos a la persona que firme la solicitud.
Los menores de edad tendrán que acreditar consentimiento Paterno o del Tutor.
Se admitirá la inscripción de grupos o colectivos en el que un máximo, del 25% del total de sus componentes no cumpla alguno de los requisitos establecidos de edad. No se podrá presentar más de un proyecto de actuación por solicitante.
Documentación a presentar:
- DNI o tarjeta de residente.
- Hoja de Inscripción debidamente cumplimentada
- Autorización Tratamiento y/o Cesión de Imagen
Modo de presentación de solicitudes:
La presentación de documentación puede realizarse con certificado digital, en el botón Nueva Instancia que encontramos pinchando aquí, o bien imprimiendo la solicitud y presentándola, junto con la documentación requerida, en las oficinas de registros y horarios:
Más información sobre horarios y citas previas (Aquí)
El plazo de inscripción de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde la publicación de las bases en el Tablón de Anuncios Municipal finalizando el 6 de mayo de 2024. Toda inscripción recibida fuera de plazo no será admitida.
Más información:
urbanct@ayto-cartagena.es
Teléfono: 968128862
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695471)
También se puede consultar en la web del Ayuntamiento de Cartagena (www.cartagena.es).
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se concederán con cargo al presupuesto de gastos de la Concejalía de Descentralización y Participación Ciudadana hasta un importe total de 220.000,00 €. Aplicación presupuestaria: 2023-05002-1534-78004.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de esta subvención todos los CEIP, CEP, CEE e IES del municipio de Cartagena sostenidos con fondos públicos, que deberán cumplir los requisitos previstos en las Bases Reguladoras de la concesión de Subvenciones y demás requisitos establecidos en las Bases de la convocatoria.
Objetivo.
La realización de una experiencia en Presupuestos Participativos, durante el curso académico 2023/24, con el objetivo de fomentar en los niños y jóvenes de nuestro término municipal la participación activa en las políticas públicas y despertar el interés por decidir e implicarse en todo lo relacionado con su municipio. De esta forma conseguiremos que al llegar a la edad adulta, sean ciudadanos activos y comprometidos con su ciudad.
Plazo de presentación del ANEXO III "ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN": 5 DÍAS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA. Fin de plazo 26 de octubre
Constituye el objeto de la presente subvención el fomento de la dinamización del comercio, mediante el desarrollo y organización de actividades encaminadas al apoyo al pequeño comercio y al emprendimiento, que redunden en su impulso y consolidación.
Constituye el objeto de la presente subvención el fomento de la dinamización del comercio, mediante el desarrollo y organización de actividades encaminadas al apoyo al pequeño comercio y al emprendimiento, que redunden en su impulso y consolidación.
Asimismo, constituye el objeto de la presente la dotación de recursos económicos para el impulso del proceso interno corporativo de la Cámara que resulten necesarios para el desarrollo de actuaciones de apoyo al pequeño comercio local y a los emprendedores, y que persigan la dinamización del tejido comercial del municipio de Cartagena.
La presente convocatoria tiene como finalidad la concesión de subvenciones para la organización y realización anual de las fiestas patronales o festejos populares más representativas.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL 14 DE ABRIL AL 3 DE MAYO
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dentro de los límites establecidos en el vigente presupuesto municipal, para fomentar el inicio de actividades comerciales, empresariales, artísticas y/o museísticas que se lleven a cabo en el Casco Histórico de la ciudad.
El Plan de apoyo a la actividad comercial en el Casco Histórico tiene como objetivo y finalidad primordial el impulso de la realidad socioeconómica del Casco Histórico mediante el fortalecimiento de su tejido comercial y empresarial, promoviendo el inicio, puesta en marcha, remodelación y adecuación de nuevas actividades comerciales, empresariales, artísticas y/o museísticas.
La convocatoria se regirá por las presentes bases reguladoras. En los aspectos no previstos por las mismas, se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal 2024, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
El plazo de presentación de solicitudes será de TRES (3) MESES, iniciándose el cómputo del mismo desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado de impreso que figura en el Anexo I de la convocatoria, e irán acompañadas de la documentación e información que en la misma se requiere, así como de la declaración responsable que figura en el Anexo II de la convocatoria debidamente cumplimentada.
Las solicitudes se presentarán: de forma presencial, en el Registro General sito en la planta baja del edificio administrativo de la C/ San Miguel 8, 30201 Cartagena; en cualquiera de las oficinas descentralizadas (OMITAS); en las oficinas de correos o de forma telemática, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento: https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=9992
Si la solicitud o documentación preceptiva a acompañar no reuniera los datos de identificación, adoleciera de error subsanable o fuera incompleta, por el órgano instructor se requerirá al solicitante para que, en el plazo de cinco días, subsane la solicitud o acompañe los documentos preceptivos, advirtiéndole de que la falta de subsanación o presentación de los mismos, implicará tenerle por desistido de su solicitud, previa resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Primero: Objeto y finalidad.
El presente acuerdo tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y a través de la Concejalía de Educación, de subvención para el año 2024 a Institutos de Enseñanza Secundaria (IES), Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP), Centros de Enseñanzas de Régimen Especial y Centro Comarcal de Educación de Personas Adultas (CEPA), que realicen actividades a nivel local, regional o nacional, en los que se promocionen y recompensen habilidades intelectuales, lingüísticas, creativas, informáticas, de conocimiento y uso de otro idioma, el aprendizaje online y manejo de nuevas tecnologías, acciones singulares en favor de la educación, y aquellas que potencien valores de tolerancia y convivencia.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. La convocatoria se publicará en la BDNS (Base De Datos Nacional de Subvenciones) en cumplimiento de lo establecido en la LGS, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma.
Presentación de solicitudes y documentación exigida.
Las solicitudes se formalizarán por sede electrónica municipal en la siguiente dirección: https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10668
Junto a la solicitud, deberá acompañarse cumplimentada la documentación requerida que pueden encontrar en: https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp?organismo=3
Se adjuntará el Proyecto de la actividad o evento a realizar, donde deberá figurar como mínimo los objetivos, actividades, material, organización, calendario y presupuesto, según Anexo III que se adjunta al final de estas bases. Sólo se podrá presentar un proyecto por centro educativo.
Si la solicitud carece de alguno de los requisitos exigidos, el órgano instructor requerirá la subsanación que habrá de producirse en el plazo de 10 días naturales, indicándole que transcurridos los mismos se le tendrá por desistido, dictándose resolución en tal sentido conforme a la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Convocatoria de Subvenciones, por concurrencia competitiva, destinada a las Asociaciones y Colectivos Juveniles del municipio de Cartagena para la cofinanciación de proyectos dirigidos a jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años de edad.
Las subvenciones tendrán como finalidad, promover y apoyar las acciones que propicien el Asociacionismo Juvenil, estimular el funcionamiento de colectivos de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas y de tiempo libre que faciliten la participación juvenil, tanto en el marco de sus propias asociaciones como en la vida social activa.
PLAZO DE SOLICITUD: 15 DÍAS HÁBILES, A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BORM (DEL 2 DE MAYO AL 22 MAYO 2024)
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Podrán obtener la condición de beneficiarios de subvención:
a) Las Asociaciones Juveniles constituidas conforme a lo previsto en la legislación vigente aplicable, en particular en el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles, reguladas conforme a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo Reguladora del Derecho de Asociación e inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones, y que no estén sometidas a ningún régimen específico.
b) Las Entidades Prestadoras de servicios a la Juventud constituidas conforme a la legislación vigente, que carezcan de interés lucrativo, y que estatutariamente prevean la atención al colectivo juvenil entre sus fines.
c) Secciones juveniles de entidades de adulto debidamente constituidas, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio, para los asuntos específicamente juveniles.
Esas entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del municipio de Cartagena. Dicha inscripción deberá haberse producido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el Artículo 49, de las Bases Ejecución del Presupuesto Municipal 2024.
DOCUMENTACIÓN ANEXA:
A continuación le mostramos documentación adicional que le será de utilidad para realizar este trámite:
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas por silencio administrativo.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 / 11 / 2003) y en el Real Decreto 887 / 2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley antes citada, por las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Cartagena vigente en cada momento, y en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PROCESO DE TRAMITACIÓN
Las asociaciones y/o entidades interesadas deberán presentar la documentación requerida a través de la Sede Electrónica del Ayto. de Cartagena en el catálogo de tramites de la Concejalía de Juventud mediante el procedimiento “Becas, ayudas, subvenciones y concursos”. Pincha aquí
De conformidad con los artículos 14.2 y 16.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los solicitantes a los que está dirigida esta convocatoria son personas jurídicas, están obligados a relacionarse con la Administración mediante el empleo de medios electrónicos.
MÁS INFORMACIÓN:
CONCEJALÍA DE JUVENTUD.
Paseo Alfonso XIII, 53
participacionjuvenil@ayto-cartagena.es
968128862