Bases reguladoras de las convocatorias de las convocatorias de subvenciones destinadas a la regeneración y renovación urbana de Cartagena, de la zona comercial y de los accesos al municipio de Cartagena.

Jueves 25 Mayo 2017  |  Visto: 901 veces  |  Versión Imprimible



Consejería de Presidencia y Fomento


BORM n.º 119 de 25/05/2017

Orden de 16 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento, por la que se modifican las Órdenes de 2 de marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la regeneración y renovación urbana de Bullas y La Copa, del casco urbano de Cehegín, de Lorquí, de la zona comercial y de los accesos al municipio de Puerto Lumbreras; las Órdenes de 2 marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se modifican las Órdenes de 16 de febrero de 2015, de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la regeneración y renovación urbana de Cartagena y de Torre Pacheco; y la Orden de 8 de abril de 2016 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la regeneración y renovación urbana del municipio de La Unión; y las Órdenes de 6 de abril de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, y de Torre Pacheco, a la rehabilitación y a la reconstrucción de edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la zona comercial y de los accesos al municipio de Puerto Lumbreras, de Cartagena; y las Órdenes de 6 de mayo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la rehabilitación y a la reconstrucción de edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de La Unión.

Con fecha 11 de marzo de 2016 se publicaron en el Boletín Oficial de la Región de Murcia las Órdenes de 2 marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras, y por las que se modifican las Órdenes de 16 de febrero de 2015, de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana de Cartagena y de Torre Pacheco; y con fecha 23 de abril de 2016 se publicó la Orden de 8 de abril de 2016 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de La Unión.

En el artículo 5, cada una de las citadas Órdenes establecen el plazo máximo de ejecución de las actuaciones, y en el artículo 14 regulan el plazo de justificación de las ayudas.

Con fecha 9 de abril de 2016 se publican en el Boletín Oficial de la Región de Murcia las Órdenes de 6 de abril de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la Rehabilitación de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, y de Torre Pacheco, a la Rehabilitación y a la Reconstrucción de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras, de Cartagena; y con fecha 14 de mayo de 2016 se publican las Órdenes de 6 de mayo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la Rehabilitación y a la Reconstrucción de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de La Unión.

En el artículo 13, cada una de las Órdenes citadas establecen el plazo máximo de ejecución de las actuaciones, y en el artículo 15 regulan el plazo de justificación de las ayudas.

Prorrogado durante el año 2017 el Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, y el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016, por el Decreto nº 8/2017, de 25 de enero, procede establecer nuevos plazos máximos de ejecución de las obras de reconstrucción de viviendas y justificación de estas ayudas.

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre vivienda, correspondiendo a la Consejería de Presidencia y Fomento la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en dicha materia, de conformidad con el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional.

El artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que, con carácter previo al otorgamiento de subvenciones, deban ser aprobadas las bases reguladoras de la concesión. La misma previsión recoge el artículo 3 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo:

Artículo único. Modificación de las Órdenes de 2 marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras; las Órdenes de 2 marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se modifican las Órdenes de 16 de febrero de 2015, de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana de Cartagena y de Torre Pacheco; y la Orden de 8 de abril de 2016 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de La Unión; y las Órdenes de 6 de abril de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la Rehabilitación de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, y de Torre Pacheco, a la Rehabilitación y a la Reconstrucción de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras, de Cartagena; y las Órdenes de 6 de mayo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la Rehabilitación y a la Reconstrucción de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de La Unión.

Las Órdenes de 2 marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras; las Órdenes de 2 marzo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se modifican las Órdenes de 16 de febrero de 2015, de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por las que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana de Cartagena y de Torre Pacheco; y la Orden de 8 de abril de 2016 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a la Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de la Unión; quedan modificadas como sigue:

Uno.- El artículo 5. Plazo de ejecución, queda redactado del siguiente modo:

Artículo 5. Plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de las actuaciones será como máximo hasta el 30 de septiembre de 2017, en aplicación de lo previsto en la cláusula séptima del Convenio de colaboración suscrito por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio de Fomento, con fecha 26 de septiembre de 2014.

Dos.- El apartado 3 del artículo 14. Justificación de las ayudas, queda redactado del siguiente modo:

3. El plazo máximo de justificación de las ayudas será el 31 de octubre de 2017.

Las Órdenes de 6 de abril de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la Rehabilitación de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana de Bullas y La Copa, y de Torre Pacheco, a la Rehabilitación y a la Reconstrucción de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Casco Urbano de Cehegín, de Lorquí, de la Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras, de Cartagena; y las Órdenes de 6 de mayo de 2016, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por las que se aprueban las convocatorias de subvenciones destinadas a la Rehabilitación y a la Reconstrucción de Edificios incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del Municipio de La Unión; quedan modificadas como sigue:

Uno.- El artículo 13. Plazo de ejecución, queda redactado del siguiente modo:

Artículo 13. Plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de las actuaciones será como máximo hasta el 30 de septiembre de 2017.

Dos.- El apartado 2 del artículo 15. Justificación de las ayudas, queda redactado del siguiente modo:

2. El plazo máximo de justificación será el 31 de octubre de 2017.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 16 de mayo de 2017.
El Consejero de Presidencia y Fomento.
Pedro Rivera Barrachina.

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA NUMERO 119 DE 25 DE MAYO DE 2017
 

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 19/04/2024
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  • Fecha de última actualización del portal: 19/04/2024

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