Bases de la convocatoria para concesión de subvenciones a asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas para el fomento de participación ciudadana y asociacionismo en La Aljorra.

Viernes 16 Junio 2017  |  Visto: 453 veces  |  Versión Imprimible



Junta Vecinal Municipal de La Aljorra


BORM n.º 137 de 16/06/2017

Extracto del acuerdo del Pleno de la Junta Vecinal Municipal de La Aljorra, de 7 de junio de 2017, del Ayuntamiento de Cartagena por el que se aprueban las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro por el procedimiento de concurrencia competitiva para el fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo en el ámbito territorial de la Junta Vecinal Municipal de La Aljorra.
BDNS (Identif.): 350804

Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, según lo establecido en los artículos 8 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Titulo II, Capítulo V de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2017, dirigida a Asociaciones de Vecinos y entidades ciudadanas, para que promuevan y realicen actividades que contribuyan a fomentar la participación ciudadana y el asociacionismo en todos los ámbitos de actuación, así como el mantenimiento de los locales sociales, en defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos y asociados.

Las bases íntegras de esta convocatoria pueden consultarse en la página web del Ayuntamiento de Cartagena, www.cartagena.es/becas, ayudas y subvenciones.

Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se concederán con cargo al presupuesto de gastos de la Junta Vecinal Municipal de La Aljorra para el ejercicio del 2017, en la aplicación presupuestaria: 201705001924E48231, hasta un importe total de 19.900 euros.

El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. Las solicitudes se formalizarán por duplicado en el modelo de instancia que figura como Anexo I a esta convocatoria, acompañado del Anexo II, en la OMITA sede de la Junta Vecinal, o a través de los procedimientos establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1. Fotocopia del D.N.I. del representante legal que firme la solicitud, así como documento acreditativo de la representación que ostenta.

2. Certificación expedida por la Entidad bancaria correspondiente, de la existencia de cuenta abierta a nombre de la Asociación de Vecinos o Entidad solicitante, indicando nombre del titular y autorizados.

Cartagena, 8 de junio de 2017.
El Secretario de la Junta Vecinal Municipal de La Aljorra.
Bernardino García Giménez.

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA NUMERO 137 DE JUNIO DE 2017
 

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