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Orden de 11 de enero de 2012, por la que se aprueba el nombre de 'Hespérides' como denominación al Centro Integrado de Formación Profesional Número 3 de Santa Lucía, Cartagena.
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Consejería de Educación, Formación y Empleo

 

 

BORM nº 34 de 10/02/2012

 

 

Orden de 11 de enero de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se aprueba el nombre de 'Hespérides' como denominación específica Centro Integrado de Formación Profesional Número 3 de Santa Lucía (Cartagena) código 30019854.

 


Mediante certificado expedido por D. Daniel Moya Ponce, Secretario del Centro Integrado de Formación Profesional Número 3 de Santa Lucía (Cartagena), se acredita que en Consejo Social del día 30 de junio de 2011, tras el estudio de las distintas propuestas de nombre, se acordó cambiar el nombre del CIFP N.º 3 de Cartagena por el CIFP 'Hespérides.

 

Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:

 


- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (B.O.E. del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

 


- Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de la Cualificaciones y de la Formación Profesional.

 


- Decreto n.º 56/2008, de 11 de abril, de creación de centros integrados de formación profesional de la Región de Murcia.

 


En su virtud, a propuesta del Director General de Infraestructuras y Promoción Educativa, en uso de las facultades que me atribuye el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

 


Dispongo:

 


Aprobar el nombre 'Hespérides' como denominación específica del Centro Integrado de Formación Profesional Número 3 de Santa Lucía (Cartagena), código 30019854.

 


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1 a), 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 


Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

 


Murcia, 11 de enero de 2012.
El Consejero de Educación, Formación y Empleo.
Constantino Sotoca Carrascosa.

 

PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA NUMERO 34 DE 10 DE FEBRERO DE 2012.
 

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