Ayuntamiento
Toda la Información sobre el Ayuntamiento de Cartagena

cartagena.es

AYUNTAMIENTO

Ayuda Online

La playa, un lugar para todos

La playa es un espacio público: es de todos y todos debemos cuidarla si queremos disfrutar de ella este verano. Para ello hay que observar una normas mínimas de convivencia, siguiendo los dictados de la ordenanza aprobada por este Ayuntamiento, que pone en marcha durante la época estival un dispositivo de vigilancia y limpieza, a través del servicio de Protección Civil, en el que todos podemos colaborar.

 

La norma ha empezado a aplicarse, correspondiendo a la Policía Local el control de su cumplimiento. La ordenanza nos dice lo que se puede o no se puede hacer en las playas, cuestiones algunas que, por evidentes, olvidamos que debemos respetar.

  

LO QUE DICE LA ORDENANZA:

  • La utilización de las playas será libre, pública y gratuita de acuerdo con las leyes y reglamentos.

 

 

SOBRE ANIMALES DE COMPAÑÍA

  • Queda prohibido el acceso de animales domésticos a las aguas, playas y paseos marítimos.
  • Queda autorizada la presencia en la playa de perros lazarillos en compañía de la persona a quien sirvan, sin perjuicio de la responsabilidad de su poseedor y/o propietario ni de las medidas que el mismo deba adoptar para evitar molestias o riesgos para el resto de usuarios.


SOBRE ACTIVIDADES NAUTICAS Y PESQUERAS

  • En las zonas delimitadas para el baño, estará prohibida la navegación deportiva y de recreo y la utilización de cualquier tipo de embarcación o artefactos flotantes, independientemente de su propulsión, exceptuando los de Salvamento.
  • En los tramos de costa que no estén balizados como zona exclusiva de baño, se entenderá que ésta ocupa una franja de mar de 200 mts. contigua a la costa en playas y 50 mts. en el resto de la costa.
  • En estas zonas queda prohibida la navegación, exceptuando los extremos de las playas donde podrán aproximarse a tierra las embarcaciones a una velocidad inferior a 3 nudos, debiendo adoptarse las precauciones necesarias para evitar riesgos a la vida humana y navegación marítima.
  • En las zonas de baño y durante la temporada de baño, se prohíbe la pesca desde la orilla y la submarina, desde las 10:00 hasta las 21:00 horas.
  • Se prohíbe el baño, la pesca y la estancia de bañistas en las zonas destinadas para varada y tránsito de embarcaciones, canales de acceso a puertos y al Mar Menor.
  • Queda prohibido el baño con bandera roja.

 

SOBRE LIMPIEZA Y ASEO PERSONAL 

  • Queda prohibida la evacuación fisiológica en el mar o en la playa.
  • Queda prohibido lavarse en el agua del mar utilizando jabón, gel, champú o cualquier otro producto similar.
  • Queda prohibido arrojar en la playa o en el agua del mar cualquier tipo de residuos como papeles, restos de comida, latas, botellas, restos de frutos secos, colillas, etc.,
  • Las basuras se depositarán en el interior del contenedor, evitando su desbordamiento y la acumulación de residuos a su alrededor, por lo que, en caso de encontrarse lleno, habrá de realizarse el depósito en el contenedor más próximo.


SOBRE ACTIVIDADES LÚDICAS Y ESTACIONAMIENTO

  • Durante la temporada de baño, del 15 de junio al 15 de septiembre, queda prohibida la realización de actividades, juegos o ejercicios que puedan molestar al resto de usuarios, tanto en la arena de la playa como en el agua del mar. Se exceptúan las manifestaciones de carácter deportivo o lúdico organizadas o autorizadas por el Ayuntamiento de Cartagena, sin perjuicio de la necesidad de autorización por parte de otras Administraciones, siempre en lugares debidamente señalizados y balizados.
  • Se prohíbe la utilización en la playa de aparatos de radio, casetes, discos, o similares, instrumentos musicales u otros aparatos, que emitan ruidos que produzcan molestias a los demás usuarios.
  • Están prohibidos los campamentos y acampadas en la playa.
  • Queda prohibido el realizar fuego directamente en el suelo de la playa, arena, piedras o rocas.
  • Se prohíbe el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos por la playa, exceptuando los vehículos destinados a la vigilancia, salvamento, servicios de mantenimiento y carritos de minusválidos.

 
SOBRE ACTIVIDADES COMERCIALES

  • Queda prohibida la publicidad en las playas a través de carteles o vallas o por medios acústicos o audiovisuales.
  • Se prohíbe la venta ambulante.



Volver al estado de las playas



©Ayuntamiento de Cartagena (España)