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Centros y puntos de atención a la infancia

Además de las Escuelas Infantiles Municipales, el Ayuntamiento, a través de su Concejalía de Educación, ha emprendido actuaciones con la Consejería de Sanidad y Política Social de la CARM encaminadas a construir y poner en funcionamiento, progresivamente, varios Centros y Puntos de Atención a la Infancia en diferentes barrios y diputaciones del Municipio de Cartagena, para menores de 4 meses a 3 años de edad, orientados al fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar a través de la prestación de servicios educativos para los más pequeños.

Los Centros y Puntos de Atención a la Infancia son servicios socio-educativos especializados para la atención a las situaciones de las familias y la infancia derivadas de la incorporación de los miembros adultos al mundo laboral, y cuya finalidad es el apoyo a la estabilización de la estructura familiar por medio de la atención integral a niños/as desde los cuatro meses hasta los tres años de edad, facilitando su desarrollo armónico y la conciliación de la dinámica familiar con el desempeño laboral y otras circunstancias sociales.

El Ayuntamiento de Cartagena otorga por concurso público la adjudicación de estos Centros y Puntos de Atención a la Infancia para la gestión, organización y funcionamiento del servicio de atención socio-educativa a prestar en los mismos, estando obligado el adjudicatario a ofrecer un servicio de calidad en la atención educativa, asistencial y social, siendo ésta su principal actividad; no obstante, según la demanda y los recursos existentes se podrá ofertar otro tipo de servicios y/o actividades complementarios destinados a la infancia, en horarios diferentes al escolar, siempre y cuando no sean incompatibles entre ellos y como medida favorecedora de la conciliación de la vida familiar y laboral antes aludida.

En concreto, están ya en funcionamiento los Centros de Atención a la Infancia de La Aljorra, El Albujón, La Vaguada, La Palma y Pozo Estrecho, con 6 unidades educativas y capacidad para 94 alumnos/as cada uno, y los Puntos de Atención a la Infancia de La Puebla y La Aparecida, con tres unidades y capacidad para 41 alumnos/as cada uno.

Fruto de las referidas actuaciones municipales y autonómicas, ya se ha construido la primera fase de otro Centro de Atención a la Infancia en la Urbanización Mediterráneo, de mayores dimensiones y con un total de unas 150 plazas escolares aproximadamente. Está prevista la construcción de la segunda fase durante el segundo semestre del año 2011 y los primeros meses de 2012, con vistas a que entre en funcionamiento para el comienzo del curso 2012/13.

Estos Centros y Puntos de Atención a la Infancia se atienen a que establezca en cada momento la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración en lo relativo a las cuotas por asistencia y manutención. A tal efecto tendrán vigente una tarifa de precios mensual, que no podrá ser superior a las referencias establecidas por esta Consejería.

Las tarifas que el adjudicatario cobrará mensualmente a los usuarios, por los servicios de escolaridad y manutención (comedor), en horario general, tendrán como referencia, actualmente, las que se indican a continuación:

- Servicio escolar básico (horario completo)... ...........................152,00  Euros
- Servicio de manutención (completo).................... ....................100,00  Euros

Los servicios de escolaridad pueden solicitarse para horario completo o parcial, según interese a los padres del alumno.

La tarifa del servicio básico de escolaridad podría reducirse de acuerdo con la concesión de subvenciones de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración a las familias solicitantes en función de la renta per cápita de su unidad familiar. En todo caso, los tramos de "renta per cápita" y la cuantía de estas subvenciones, denominadas coloquialmente "Pequecheque", vendrán determinados por las condiciones que, en cada momento, establezca la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración en la Orden reguladora de su convocatoria.

La ratio profesor/alumno en los Centros y Puntos de Atención a la Infancia será la establecida por la normativa educativa:

- Desde 4 meses a 1 año                            1/8    niños/as
- Desde 1 a 2 años                                      1/13  niños/as
- Desde 2 a 3 años                                      1/20  niños/as

La distribución del alumnado por aulas podrá adaptarse a la demanda real de plazas, y ofertar aulas dobles o mixtas, según las necesidades reales por edad, siempre de conformidad con la normativa legal vigente en cuanto a sus ratios correspondientes.

En este sentido, en caso de no existir demanda suficiente para formar uno o varios grupos del mismo nivel de edad, y por razones organizativas, se podrán formar unidades de edades mixtas ateniéndose a la siguiente proporción como mínimo y máximo de plazas:

- Unidad mixta de 4 a 24 meses de edad:               de 8 a 12 plazas
- Unidad mixta de 12 a 36 meses de edad:          de 13 a 18 plazas
- Unidad mixta de 4 a 36 meses de edad:            de 10 a 16 plazas

Igualmente por razones organizativas y de demanda se podrán crear excepcionalmente unidades con doble capacidad, ateniéndose a la siguiente proporción o ratio:

- Unidades dobles para niños/as de 4 a 12 meses:   2/15
- Unidades dobles para niños/as de 1 a 2 años:        2/25

Estos centros podrán atender a niños/as con necesidades educativas especiales, los cuales habrán de ser valorados y propuestos por los Equipos de Atención Temprana correspondientes. Estos niños ocuparán dos plazas, y su seguimiento y tratamiento será responsabilidad de las Asociaciones o Unidades de Atención Temprana.

En estos centros se podrán atender casos de urgencia social (descritos como situaciones de riesgo, violencia de género y desamparo de los menores) debidamente acreditados por los Servicios Sociales Municipales o de la Comunidad Autónoma, y niños/as tutelados por la Administración Autonómica, no pudiendo superar en ningún caso el 5% del total de plazas ofertadas, de las que podrá disponer el Ayuntamiento de Cartagena para su adjudicación.

En cuanto a la composición de los equipos docentes se establece la siguiente dotación básica:

- Un Maestro/a Especialista en Educación Infantil que ejercerá las funciones de Director/a o Coordinador/a del C.A.I. o P.A.I.
Un Técnico Superior en Educación Infantil, o con titulación equivalente u homologada, por cada unidad educativa en funcionamiento, que ejercerá como tutor/a de aula.
- Un Técnico Superior en Educación Infantil, o con titulación equivalente u homologada, por por cada C.A.I. o P.A.I., que ejercerá como educador de apoyo.
- Además, los C.A.I.S y P.A.I.S podrán dotarse de otro personal profesional complementario, como psicomotricista, logopeda, monitores de actividades extraescolares, etc., que prestarán sus servicios en función de la demanda de los mismos.

Los C.A.I.S y P.A.I.S ofrecen sus servicios socio-educativos en base a un Proyecto Educativo de Centro y organizan su funcionamiento de acuerdo con un Plan de Convivencia, Organización y Funcionamiento y un Reglamento de Régimen Interno, encaminados, además, a favorecer la vida escolar y social en los centros y participación de los distintos estamentos de cada Comunidad Educativa en los mismos.

 

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