Titular: ILMO SR. D. NICOLÁS ANGEL BERNAL
- Integran el Área de Gobierno las siguientes materias:
- Fomento del Asociacionismo, impulso y desarrollo de la participación ciudadana, oficinas de Información Municipal y Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas
- Centros y locales sociales
- Coordinación de Distritos y relaciones con los Órganos del Ayuntamiento
- Información, protección y defensa de consumidores y usuarios
- Protección y defensa de animales de compañía
- Desinfección, desinsectación y desratización, control sanitario de la distribución y suministro de alimentos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humanos, así como de los medios de transporte
- Control sanitario de cementerios y policía sanitaria mortuoria
- Participación en la gestión de la atención primaria de la salud
- Agricultura
- Implantación de la Nuevas Tecnologías de la información en el funcionamiento interno
- Implantación de la Administración electrónica
- Protección de datos de carácter personal
- Cooperación con otras Administraciones para el impulso de la Administración electrónica.
- El titular del Área, en relación con las materias que integran su ámbito de actuación, tiene delegadas las siguientes competencias:
- Representar al Ayuntamiento en sus relaciones externas, salvo cuando haya de intervenir una Autoridad del Estado, de las Comunidades Autónomas o Alcaldes de otros municipios.
- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento.
- Dictar decretos e instrucciones.
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas de competencia de la Alcaldía.
- Dictar las Resoluciones de inscripción y baja en el Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas.
- Convocar y presidir la Comisión de Participación Ciudadana.
- El control de legalidad y la revisión, incluso de oficio, de los actos que dicten los Presidentes de los Distritos.
- Bajo la superior dirección del Concejal Delegado del Área actuarán:
- El Concejal Delegado de Consumo, que se asigna a D. Alonso Gómez López y el Concejal Delegado de Nuevas Tecnologías, que se asigna aD. Diego Ortega Madrid,con las funciones que a éstos les asigne de las señaladas en el artículo 22 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Cartagena, en relación con las materias que dan nombre a su Delegación.
- De este Área de Gobierno dependen los DISTRITOS, regulados en el Título VI del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, Distritos y Juntas Vecinales, cuyos Presidentes se designan a continuación:
- D. Diego Ortega Madrid, Presidente del Distrito nº 1. Integrado por Perín, Los Puertos, Campo Nubla, La Magdalena y Canteras.
- D. Nicolás Ángel Bernal, Presidente del Distrito nº 2. Integrado por La Aljorra, El Albujón, Pozo Estrecho, Miranda y Santa Ana.
- D. Alonso Gómez López, Presidente del Distrito nº 3. Integrado por El Plan y San Félix y del Distrito nº 4. Integrado por San Antonio Abad y Casco ciudad.
- Dª. María Josefa Roca Gutiérrez, Presidenta del Distrito nº 5. Integrado por El Hondón, Alumbres, Escombreras y Santa Lucía.
- D. Isaías Camarzana Blaya, Presidente del Distrito nº 6. Integrado por El Lentiscar y La Palma.
- D. Juan José Martínez Hernández, Presidente del Distrito nº 7. Integrado por El Algar, El Beal y El Rincón de San Ginés
- Son funciones de los Concejales Presidentes de Distrito, de acuerdo con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, Distritos y Juntas Vecinales, limitadas al ámbito territorial del mismo:
- Convocar y Presidir las sesiones de la Comisión de Coordinación de Juntas.
- Nombramiento de Secretarios de las Juntas Vecinales de entre funcionarios del Ayuntamiento de Cartagena.
- Suspensión de los actos y acuerdos de los órganos de las Juntas.
- Solicitar la convocatoria extraordinarias de los Plenos de las Juntas.
- Incluir asuntos en el Orden del Día de las sesiones ordinarias de las Juntas.
- Representar al Distrito ante los órganos centrales del Ayuntamiento.
- Vigilancia del funcionamiento de los servicios públicos gestionados en el Distrito.
- Por delegación de esta Alcaldía los Concejales Presidentes de Distrito ejercerán, en su ámbito territorial las siguientes competencias:
- Dictar instrucciones para el correcto funcionamiento de los servicios del Distrito.
- Revisar, incluso de oficio, los actos y acuerdos de los órganos de las Juntas Vecinales.