La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas de pago único por nacimiento o por adopción de hijos e hijas en el municipio de Cartagena, durante al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 (ambos días incluidos).
La concesión de estas ayudas tienen por objetivo fomentar la natalidad mediante el apoyo económico a los progenitores o adoptantes del municipio de Cartagena, que cumplan los requisitos establecidos en la Base 4ª de la presente Convocatoria; con la finalidad de paliar en parte, el esfuerzo económico que supone a las familias los gastos iniciales que se producen tras el nacimiento y/o adopción.
La presente subvención se contempla en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Cartagena parar los ejercicios 2023-2025, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de abril de 2023.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Ayudas dirigidas a apoyar económicamente a jóvenes participantes en el programa de tutorización del Espacio Joven de la Concejalía de Juventud para cubrir todo tipo de gastos que genere la obtención de cualquier titulación educativa, formativa y de estudios, así como cualquier acción dirigida a incrementar la activación para el empleo de las personas jóvenes.
REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES (Ver Bases convocatoria):
INSCRIPCIONES:
El plazo de presentación de solicitudes será desde la publicación en el Tablón de Anuncios Municipal, hasta el 1 de septiembre de 2025, inclusive.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (Ver Bases convocatoria):
MODO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
La presentación de documentación puede realizarse con certificado digital, a través del enlace que encontrarás pinchando aquí, o bien de manera presencial, junto con la documentación requerida, en las oficinas de registros y horarios:
Más información sobre horarios y citas previas pinchando aquí.
MÁS INFORMACIÓN:
La Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena convoca, en el marco de las actividades del Programa Urban CT y con motivo del día de la Música 2025, el Concurso DJing 2025 que se celebrará el 21 de junio.
Requisitos:
Podrán participar en el Concurso, los jóvenes o grupos de jóvenes, en su caso, que tengan entre 16 y 36 años.
No podrán participar en el presente Concurso, los familiares del personal de la Concejalía de Juventud. Se acreditará mediante la aportación de fotocopia del DNI o tarjeta de residente.
Cuando se trate de grupos o colectivos, se entenderá como representante de estos a la persona que firme la solicitud.
Los menores de edad tendrán que acreditar consentimiento Paterno o del Tutor.
Se admitirá la inscripción de grupos o colectivos en el que un máximo, del 25% del total de sus componentes no cumpla alguno de los requisitos establecidos de edad. No se podrá presentar más de un proyecto de actuación por solicitante.
Documentación a presentar:
- DNI o tarjeta de residente.
- Hoja de Inscripción debidamente cumplimentada
- Autorización Tratamiento y/o Cesión de Imagen
Modo de presentación de solicitudes:
La presentación de documentación puede realizarse con certificado digital, en el botón Nueva Instancia que encontramos pinchando aquí, o bien imprimiendo la solicitud y presentándola, junto con la documentación requerida, en las oficinas de registros y horarios:
Más información sobre horarios y citas previas (Aquí)
El plazo de inscripción de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde la publicación de las bases en el Tablón de Anuncios Municipal finalizando el 28 de abril de 2025. Toda inscripción recibida fuera de plazo no será admitida.
Más información:
urbanct@ayto-cartagena.es
Teléfono: 968128862
Visto que transcurrido el período de exposición pública, no se han presentado alegaciones.
Vista la propuesta de resolución definitiva de la Unidad de Presupuestos Participativos que ha sido sometida a fiscalización previa por parte de la Intervención Municipal mediante informe favorable SB 110/2024 de fecha 4 de diciembre de 2024.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas por Decretos de Alcaldía sobre Organización Municipal de los días 21, 23 de junio y 29 de septiembre de 2023 y 2 y 3 de noviembre de 2023 y Acuerdos de Junta de Gobierno Local sobre delegaciones otorgadas en Concejales de fecha 3 de noviembre de 2023.
DISPONGO:
Aprobar la Propuesta de Resolución Definitiva de fecha 4 de diciembre de 2024 en la Convocatoria de Concesión de subvenciones a centros educativos sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil (CEI), de Educación Infantil y Primaria, (CEIP), Educación Primaria (CEP), Educación Especial (CEE), e Institutos de Educación Secundaria (IES E IESO) de Cartagena para la realización de una experiencia de presupuestos participativos en centros educativos por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el curso académico 2024/25 y correspondiente al expediente SEGEX 917572F.
Constituye el objeto de la presente subvención la colaboración entre el Ayuntamiento y la Cámara para fomentar la dinamización del comercio, mediante el desarrollo y organización de actividades encaminadas al apoyo al pequeño comercio y al emprendimiento, que redunden en su impulso y consolidación, durante el año 2024.
Primero: Objeto y finalidad.
El presente acuerdo tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y a través de la Concejalía de Educación, de subvención para el año 2025 a Institutos de Enseñanza Secundaria (IES), Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP), Centros de Enseñanzas de Régimen Especial y Centro Comarcal de Educación de Personas Adultas (CEPA), que realicen actividades a nivel local, regional o nacional, en los que se promocionen y recompensen habilidades intelectuales, lingüísticas, creativas, informáticas, de conocimiento y uso de otro idioma, el aprendizaje online y manejo de nuevas tecnologías, acciones singulares en favor de la educación, y aquellas que potencien valores de tolerancia y convivencia.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. La convocatoria se publicará en la BDNS (Base De Datos Nacional de Subvenciones) en cumplimiento de lo establecido en la LGS, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma.
Presentación de solicitudes y documentación exigida.
Las solicitudes se formalizarán por sede electrónica municipal en la siguiente dirección: https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10668
Junto a la solicitud, deberá acompañarse cumplimentada la documentación requerida que pueden encontrar en: https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp?organismo=3
Se adjuntará el Proyecto de la actividad o evento a realizar, donde deberá figurar como mínimo los objetivos, actividades, material, organización, calendario y presupuesto, según Anexo III que se adjunta al final de estas bases. Sólo se podrá presentar un proyecto por centro educativo.
Si la solicitud carece de alguno de los requisitos exigidos, el órgano instructor requerirá la subsanación que habrá de producirse en el plazo de 10 días naturales, indicándole que transcurridos los mismos se le tendrá por desistido, dictándose resolución en tal sentido conforme a la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Primero: Objeto y finalidad.
El presente acuerdo tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y a través de la Concejalía de Educación, de subvención para el año 2025 a centros sostenidos con fondos públicos de educación infantil (2º ciclo), primaria y educación especial de Cartagena, para la elaboración de materiales con el fin de favorecer el aprendizaje basado en proyectos, la experimentación e innovación en el aula, el trabajo cooperativo del alumnado, el trabajo por competencias y tareas, formación de aulas creativas del ámbito artístico, matemático o científico, el uso de nuevas tecnologías en el aula, el
aprendizaje online, el uso de las redes sociales y/o programas de actividades realizados al aire libre.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. La convocatoria se publicará en la BDNS (Base De Datos Nacional de Subvenciones) en cumplimiento de lo establecido en la LGS, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma.
6º.- Presentación de solicitudes y documentación exigida.
Las solicitudes se formalizarán por sede electrónica municipal, presentadas con la firma digital de la entidad y en la siguiente dirección: https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10668
Junto a la solicitud, deberá acompañarse cumplimentada la documentación requerida que pueden encontrar en: https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp?organismo=3
Se adjuntará el Proyecto de la actividad o evento a realizar, donde deberá figurar como mínimo los objetivos, actividades, material, organización, calendario y presupuesto, según Anexo III que se adjunta al final de estas bases. Sólo se podrá presentar un proyecto por centro educativo
.
Si la solicitud carece de alguno de los requisitos exigidos, el órgano instructor requerirá la subsanación que habrá de producirse en el plazo de 10 días naturales, indicándole que transcurridos los mismos se le tendrá por desistido, dictándose resolución en tal sentido conforme a la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar la concesión de subvención para el fortalecimiento y consolidación del movimiento asociativo y la promoción de la Igualdad real entre mujeres y hombres en el municipio de Cartagena.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). La solicitud, según modelo normalizado, irá dirigida al Sra. Concejal Delegada del Área de Política Social, Igualdad y Familia del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, y podrá ser presentada, acompañada de la documentación recogida en este apartado, por vía telemática a través de la Sede Electrónica Municipal: https://cartagena.sedipualba.es o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Convocatoria de Subvenciones, por concurrencia competitiva, destinada a las Asociaciones y Colectivos Juveniles del municipio de Cartagena para la cofinanciación de proyectos dirigidos a jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años de edad.
Las subvenciones tendrán como finalidad, promover y apoyar las acciones que propicien el Asociacionismo Juvenil, estimular el funcionamiento de colectivos de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas y de tiempo libre que faciliten la participación juvenil, tanto en el marco de sus propias asociaciones como en la vida social activa.
PLAZO DE SOLICITUD: 15 DÍAS HÁBILES, A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BORM (DEL 25 DE ABRIL AL 16 DE MAYO 2025)
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Podrán obtener la condición de beneficiarios de subvención:
a) Las Asociaciones Juveniles constituidas conforme a lo previsto en la legislación vigente aplicable, en particular en el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles, reguladas conforme a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo Reguladora del Derecho de Asociación e inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones, y que no estén sometidas a ningún régimen específico.
b) Las Entidades Prestadoras de servicios a la Juventud constituidas conforme a la legislación vigente, que carezcan de interés lucrativo, y que estatutariamente prevean la atención al colectivo juvenil entre sus fines.
c) Secciones juveniles de entidades de adulto debidamente constituidas, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio, para los asuntos específicamente juveniles.
Esas entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del municipio de Cartagena. Dicha inscripción deberá haberse producido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el Artículo 49, de las Bases Ejecución del Presupuesto Municipal 2025.
DOCUMENTACIÓN ANEXA:
A continuación le mostramos documentación adicional que le será de utilidad para realizar este trámite:
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas por silencio administrativo.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 / 11 / 2003) y en el Real Decreto 887 / 2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley antes citada, por las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Cartagena vigente en cada momento, y en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PROCESO DE TRAMITACIÓN
Las asociaciones y/o entidades interesadas deberán presentar la documentación requerida a través de la Sede Electrónica del Ayto. de Cartagena en el catálogo de tramites de la Concejalía de Juventud mediante el procedimiento “Becas, ayudas, subvenciones y concursos”.
De conformidad con los artículos 14.2 y 16.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los solicitantes a los que está dirigida esta convocatoria son personas jurídicas, están obligados a relacionarse con la Administración mediante el empleo de medios electrónicos.
MÁS INFORMACIÓN:
CONCEJALÍA DE JUVENTUD.
Paseo Alfonso XIII, 53
participacionjuvenil@ayto-cartagena.es
968128862
La presente convocatoria tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y a través de la Concejalía de Educación, de subvención para el año 2025 a las AMPAS de las Escuelas de Educación Infantil de primer y segundo ciclo, Centros de Educación Infantil y Primaria, Primaria, Educación Especial y de Enseñanzas de régimen especial sostenidos con fondos públicos, para fomentar la participación de las AMPAS de manera que promuevan, organicen y desarrollen acciones variadas que redunden en la promoción de actividades complementarias, asociacionismo y convivencia de la comunidad educativa.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. La convocatoria se publicará en la BDNS (Base De Datos Nacional de Subvenciones) en cumplimiento de lo establecido en la LGS, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Presentación de solicitudes y documentación exigida.
Las solicitudes se formalizarán por sede electrónica municipal.
Junto a la solicitud, deberá acompañarse cumplimentada la documentación requerida que pueden encontrar aquí.
Se adjuntará el Proyecto de la actividad o evento a realizar, donde deberá figurar como mínimo los objetivos, actividades, material, organización, calendario y presupuesto, según Anexo III. Sólo se podrá presentar un proyecto por centro educativo.