PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL de concesión de subvenciones a Instituciones de Acción Social con sede o delegación en el municipio para el año 2022, que recoge:
PRIMERO.- Tener por excluida, por incumplimiento de los requisitos o condiciones que rigen la Convocatoria, a la entidad relacionada en la Propuesta de Resolución Provisional, por los motivos que se indican.
SEGUNDO.- Tener por desistida, por los motivos que se indican, a la entidad relacionada en la Propuesta de Resolución Provisional.
TERCERO.- Concesión de subvenciones a las entidades que se relacionan en la Propuesta de Resolución Provisional, para los proyectos y en la cuantía que se indica.
Plazo.- Desde el día siguiente a la publicación de la Resolución Provisional se establece un plazo de diez días hábiles (del 21 de noviembre al 2 de diciembre de 2022) para:
1. Formular alegaciones, en caso de no estar de acuerdo con la propuesta de Resolución Provisional.
2. De no presentar alegaciones a la presente propuesta de Resolución Provisional en el plazo indicado, se entenderá que el interesado acepta la propuesta de Resolución.
3. En el supuesto de ser el importe de la propuesta de Resolución Provisional inferior a la cantidad solicitada, se deberá presentar reformulación de su solicitud, en el modelo normalizado Anexo III, Reformulación del proyecto. La reformulación consiste en comunicar si, se mantiene el presupuesto inicial mediante otras fuentes de financiación o si se ajusta el proyecto de acuerdo con los fondos disponibles, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; sin que dicha reformulación pueda alterar el objeto, condiciones o finalidad de la subvención. Por ello, no se pueden modificar las actividades y conceptos de gasto que técnicamente ha establecido la Unidad instructora de referencia en la concesión provisional de la subvención.
Presentación a través de la Sede Electrónica Municipal.: https://seguro.cartagena.es/sedeelectronica/tramites/index.asp