Las asociaciones de vecinos y comisiones de fiestas interesadas pueden presentar sus solicitudes hasta el 30 de junio
Viernes 2 Junio 2017 | Visto: 1.515 veces
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Las
asociaciones de vecinos (AAVV) y comisiones de fiestas (CCFF), ya pueden solicitar las
subvenciones municipales en proceso de concurrencia competitiva,
para organizar y realizar las fiestas patronales o festejos populares de los respectivos barrios, nucleos urbanos y diputaciones de Cartagena a las que representen. El presupuesto destinado a estas ayudas asciende este año a
100.000 euros.
Las AAVV y CCFF que quieran concurrir a estas subvenciones deberán:
estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones al menos desde el año 2.015 y haber renovado dicha inscripción en el año 2.016,
carecer de ánimo de lucro y tener sede en el lugar de celebración de los actos por los que se solicita la subvención.
Las solicitudes
se formalizarán a través del modelo de instancia adjunto a esta información, que, una vez cumplimentado deberá entregarse
en el Registro General sito en la planta baja del edificio administrativo en la C/ San Miguel, 8, C. P. 30201 de Cartagena, en cualquiera de las oficinas descentralizadas (
OMITAS), o en las
oficinas de correos.
Las subvenciones serán puestas en consideración para su concesión por una Comisión de Evaluación que valorará: el interés del proyecto, la tradición y relevancia sociocultural de las Fiestas Populares de la localidad, correcta previsión de la organización de las actividades programadas, la repercusión y alcance del proyecto, y otros aspectos de interés que valore la Comisión.
El
plazo de presentación de solicitudes termina el 30 de junio. Toda
la documentación se adjunta a esta información y también se puede consultar en
este enlace.
A la solicitud
deberán adjuntarse los siguientes documentos:
- Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
- Programa de las fiestas para las que se solicita subvención, que habrá de ajustarse a lo previsto en el modelo Anexo II
- Fotocopia compulsada del D.N.I. del solicitante y documento que acredita la representación legal conforme al modelo que figura en el Anexo III
- Certificación bancaria actualizada acerca de la titularidad de la cuenta en la que se ingresará la subvención.
- Declaración responsable del Tesorero, Secretario o Presidente de la Asociación de Vecinos o Comisión de Fiestas de haber justificado la subvención recibida, en su caso, el año anterior (ANEXO IV).
- Declaración responsable de Presidente de la Asociación de Vecinos o Comisión de Fiestas conforme al modelo que se acompaña a esta convocatoria, que acredite no estar la entidad solicitante incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en Ley General de Subvenciones y en el artículo 49.2 y 3 de las Bases de Ejecución Presupuestaria, reguladoras de esta concesión y cumplimiento de reintegro de subvenciones. Además el beneficiario deberá presentar en caso de que así sea necesario, certificaciones positivas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidas por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, o en su defecto, declaración responsable (ANEXO V).
- Certificaciones oficiales de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda, el Ayuntamiento y la Seguridad Social.
- Otros documentos que se estimen oportunos.
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