Nueva modificación de los requisitos para las plazas de Policía Local relativas a los permisos de conducción

La Junta de Gobierno aprueba exigir a todos los aspirantes, independientemente de la edad, el A ó A2 para motos y el B para turismos


Lunes 11 Diciembre 2017  |  Visto: 589 veces  |  Versión Imprimible


Imagen de archivo de la Policía Local durante un control de tráfico a motoristas


Ante las dudas suscitadas en los últimos días, la Junta de Gobierno Local celebrada el viernes ha aprobado una nueva modificación de los requisitos que se exigirán para presentarse a las 15 plazas del turno libre de Policía Local, correspondientes a la oferta de empleo público de 2016.

En concreto, el que se refiere a los permisos de conducir necesarios que deberán tener los aspirantes en el momento de presentación de instancias. Si en la anterior modificación se hacía distinciones entre los menores y mayores de 20 años, finalmente se ha optado por un criterio único que será el siguiente:

"Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A ó A2 y B. Aquellos aspirantes que accedan al cuerpo poseyendo el permiso de conducir de la clase A2 deberán manifestar su compromiso de tramitar y obtener por su propia cuenta en permiso de conducir de la clase A, en el tiempo más breve posible, y en cualquier caso en plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionarios de carrera, que presentarán mediante declaración jurada."
 

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