El Ayuntamiento de Cartagena aplicará con carácter general la sentencia que reconoce el disfrute de los permisos retribuidos a partir del primer día laborable del trabajador

El Gobierno Municipal acuerda con los sindicatos la aplicación inmediata de este criterio jurisprudencial que será recogido en el nuevo acuerdo de condiciones de trabajo y convenio colectivo que se está negociando


Miércoles 3 Octubre 2018  |  Visto: 739 veces  |  Versión Imprimible


Imagen de archivo de la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Cartagena


El Ayuntamiento de Cartagena aplicará de forma inmediata y con carácter general el criterio jurisprudencial establecido en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 13 de febrero de 2018 que reconoce el derecho de los trabajadores de una empresa a que los permisos retribuidos de los trabajadores empiecen a contabilizarse en días efectivamente laborables.

El acuerdo se ha adoptado en el marco de la mesa de negociación que mantiene el Gobierno municipal con los representantes sindicales para la redacción de un nuevo acuerdo de condiciones de trabajo y convenio colectivo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Cartagena.

Así, a la espera de la aprobación del nuevo acuerdo de condiciones de trabajo, el servicio de Recursos Humanos empezará a aplicar el nuevo criterio jurisprudencial y los empleados del Ayuntamiento podrán contabilizar sus permisos por fallecimiento de familiares, enfermedad grave, nacimiento o adopción, concurrencia a exámenes y matrimonio, entre otros, a partir del primer día laborable siguiente al hecho causante, con lo que quedarán excluidos del cómputo los no laborables.

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 18/04/2024
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