Ayuntamiento de Cartagena  |  Noticias


La Comisión de Hacienda e Interior ha respaldado que el 7 de enero se día no laborable. El regreso a las aulas será el 11 de enero.


Viernes 19 Junio 2026  |  Visto: 179 veces


Comisión de Hacienda. Junio, 2026.

La Comisión de Hacienda e Interior del Ayuntamiento de Cartagena ha informado favorablemente por unanimidad como fiestas locales del municipio para el año 2027 los siguientes días: 7 de enero (Después de Reyes) y 24 de septiembre (Viernes de Carthagineses y Romanos). Así, la vuelta al colegio y al trabajo será más tarde esta Navidad en Cartagena. El viernes 8 de enero será no lectivo, según el Consejo Escolar Municipal. El regreso a las aulas se hará el lunes 11 de enero. La propuesta de festivos locales del concejal de Educación, Ignacio Jáudenes, indica que la designación del 7 de enero como no laborable se debe a que la festividad local del Viernes de Dolores de 2027 coincide con el festivo autonómico del Día del Padre (San José): 19 de marzo. 
 

En la Comisión de Hacienda también se ha informado favorablemente por unanimidad de la propuesta de alcaldía de modificar el nombramiento de representantes de la Corporación en la Asamblea General del Consejo Municipal de Igualdad de Oportunidad. Así, formará parte del mismo el edil Diego Lorente.

 

Por otra parte, se han informado favorablemente de otras dos propuestas por mayoría simple. Una de ellas, llevada por el grupo municipal MC, es la creación de una Comisión de Investigación sobre la gestión del Área, Delegación de Turismo y sus organismos y entidades dependientes. Han votado a favor MC, PSOE, Sí Cartagena y María Dolores Ruiz; que no: PP, Diego Salinas y Beatriz Sánchez; y VOX se ha abstenido. Y la otra es la propuesta del edil Álvaro Valdés sobre el régimen de asignaciones a grupos políticos y a los miembros de la corporación local, concejales no adscritos, desde el ejercicio 2026 hasta las elecciones municipales de junio de 2027. Han votado a favor PP, Diego Salinas, Beatriz Sánchez y María Dolores Ruiz; que no VOX; y se han abstenido MC, PSOE y Sí Cartagena. 

 

En la Comisión de Hacienda e Interior también se ha hecho dación de cuenta sobre el cese del gobierno local del grupo municipal VOX; la reestructuración del Ejecutivo local; la aprobación definitiva de la modificación puntual del artículo 151.12 de la Ordenanza municipal de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; y la actualización de la delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local en concejales delegados de área y concejales delegados.
 

MÁS INFORMACIÓN
 

Asignación a grupos políticos y concejales no adscritos

 

Habida cuenta la proporción de Concejales de los Grupos Políticos y a los Concejales no adscritos de la presente Corporación Municipal, así como el total del gasto asignado en la Delegación de Servicios Generales para el presupuesto del ejercicio 2026, las cuantías asignadas a los Grupos Políticos y a los Concejales no adscritos, durante el ejercicio 2026 y del ejercicio 2027 hasta junio, quedan aprobadas a partir de la entrada en vigor de este acuerdo, en las cantidades siguientes a percibir durante las anualidades 2026 a 2027, y correspondiendo al ejercicio 2027, la mitad del importe anual que se refleja en el siguiente cuadro anual de asignaciones:

 

Concepto PP MC PSOE VOX Grupo Mixto Concejales no adscritos
Nº de Concejales 10 7 4 2 1 3
Parte fija 1.600 1.600 1.600 1.600 1.600
Parte variable 26.666,66 18.666,66 10.666,66 5.333,33 2.666,66 3.999,99
TOTAL 28.266,66 20.266,66 12.266,66 6.933,33 4.266,66 3.999,99 (1.333,33 € / edil)

 

Cambio de ordenanza de tráfico

El Artículo 151.12 de la Ordenanza municipal de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial queda así:

ARTÍCULO 151.- Queda prohibido el estacionamiento, además de los casos previstos en el artículo 144 de esta Ordenanza donde se prohíbe la parada, en los casos y lugares siguientes:

  • 12) En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria y, concretamente:
    • a. Estacionar careciendo de ticket o, en caso de poseer autorización especial de estacionamiento o tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, sin exhibirla de forma claramente visible y legible desde el exterior del vehículo.
    • b. Estacionar rebasando el tiempo establecido en el ticket correspondiente (según las zonas en cada caso).
    • c. Estacionar en lugar limitado y controlado no haciéndolo en la zona autorizada al efecto.
    • d. Estacionar careciendo de autorización para residentes en la zona autorizada al efecto.
    • e. Estacionar utilizando tickets o tarjetas falsificadas o manipuladas o utilizando fotocopias de las mismas.
    • f. Estacionar vehículos ocupando más de una plaza de estacionamiento o de forma tal que sobresalga de la línea de estacionamiento, obstaculizando la circulación.
Ayuntamiento de Cartagena © 2026