Decreto dictado por la Alcaldía-Presidencia, sobre organización municipal en Áreas de Gobierno, designación de sus titulares, delegación de competencias y régimen de suplencias.

Viernes 9 Marzo 2018  |  Visto: 792 veces  |  Versión Imprimible



Alcaldía


BORM n.º 57 de 09/03/2018


Decreto.- En Cartagena, a dieciséis de enero de dos mil dieciocho.

Tras dictar Decreto de ocho de los corrientes en el que he procedido al cese en sus cargos y revocación de competencias de carácter ejecutivo atribuidas a los concejales del Grupo Municipal MC Cartagena y por consiguiente su cese como miembros de la Junta de Gobierno Local, con fecha de hoy he dispuesto el nombramiento de los nuevos miembros de dicho órgano que, bajo mi Presidencia, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que me corresponde como Alcaldesa de Cartagena.

Como consecuencia de lo anterior, considero crucial para el buen gobierno del municipio, rediseñar la organización de la estructura orgánica ejecutiva municipal y la correspondiente asignación de competencias para su distribución en nuevas Áreas de Gobierno que se adapten mejor a las características del nuevo gobierno y que con los medios técnicos, económicos y humanos disponibles, permitan lograr las mejores cotas de satisfacción de las demandas de los ciudadanos de Cartagena.

Por tanto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Cartagena y artículos 124.4.k) y 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su virtud,

Dispongo:

Primero.- Organización Municipal: Áreas de Gobierno:

La nueva estructura de la Organización Municipal se distribuye entre las siguientes Áreas de Gobierno, cuya denominación, ámbito de actuación y titulares son los siguientes:

- Área de Gobierno de Desarrollo Sostenible y Función Pública:

Integran el ámbito de actuación de este Área de Gobierno las materias siguientes: Recursos Humanos, Nuevas Tecnologías e Innovación, Seguridad Ciudadana, Vía Pública, Urbanismo y Portal y Oficina de Transparencia.

Titular del Área: Ilmo. Sr. D. Francisco Aznar García -PSOE- Concejal Delegado de Área.

- Área de Gobierno de Servicios Públicos, Participación Ciudadana y Festejos:

Integran el ámbito de actuación de este Área de Gobierno las materias siguientes: Infraestructuras, Litoral, Descentralización, Participación Ciudadana y Festejos.

Titular del Área: Ilmo. Sr. D. Juan Pedro Torralba Villada -PSOE- Concejal Delegado de Área.

- Área de Gobierno de Estrategia Económica y Hacienda:

Integran el ámbito de actuación de este Área de Gobierno las materias siguientes: Hacienda Local, Contratación, Patrimonio, Comercio, Industria y Turismo.

Titular del Área: Ilma. Sra. Dª María del Carmen Martín del Amor -PSOE- Concejal Delegada de Área.

- Área de Gobierno de Calidad de Vida y Bienestar:

Integran el ámbito de actuación de este Área de Gobierno las materias siguientes: Sanidad, Consumo, Deportes, Medio Ambiente, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.

Titular del Área: Ilma. Sra. D.ª Obdulia Gómez Bernal -PSOE- Concejal Delegada de Área.

- Área de Gobierno de Cultura, Educación y Juventud:

Integran el ámbito de actuación de este Área de Gobierno las materias siguientes: Cultura, Educación, Juventud y Patrimonio Arqueológico.

Titular del Área: Ilmo. Sr. D. David Martínez Noguera -PSOE- Concejal Delegado de Área

- Área de Gobierno de Servicios Sociales, Empleo e Igualdad:

Integran el ámbito de actuación de este Área de Gobierno las materias siguientes: Servicios Sociales, Empleo e Igualdad
Titular del Área: Excma. Sra. D.ª Ana Belén Castejón Hernández-PSOE- Alcaldesa Presidenta

Segundo.- Ámbito competencial de las nuevas Áreas de Gobierno:

A.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, según la redacción dada por el artículo 1.8 de la Ley 27/2013, 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en el que se enumeran las competencias propias que ejercerá el Municipio, en los términos que se determinen por la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, se atribuyen a cada una de estas Áreas de Gobierno las materias que se detallan a continuación:

- Área de Gobierno de Desarrollo Sostenible y Función Pública:

Ámbito de actuación: Recursos Humanos, Nuevas Tecnologías e Innovación, Seguridad Ciudadana y Vía Pública, Urbanismo y Portal y Oficina de Transparencia.

Se incluyen en este ámbito, las siguientes materias que se citan con carácter enunciativo y no limitativo:

Recursos Humanos:

- La superior dirección del personal al servicio de la Administración Municipal incluido el de los organismos autónomos municipales y entidades dependientes.

Nuevas Tecnologías e Innovación:

Protección de datos de carácter personal.
Archivo Municipal.
Promoción de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Cooperación con otras Administraciones para el impulso de la Administración electrónica.
Implantación de la Administración electrónica y Nuevas Tecnologías de la información en el funcionamiento interno de los servicios municipales.

Servicios Generales:

Organización y procedimientos.
Estadística, Padrón Municipal de Habitantes y elecciones.
Responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios municipales.

Seguridad Ciudadana:

Protección civil.
Prevención y extinción de incendios.
Policía Municipal, tráfico, estacionamiento de vehículos y seguridad vial
Escuela de Seguridad Pública
Control de la mendicidad y seguridad ciudadana

Vía Pública:

Ocupación temporal de la vía pública y bienes demaniales de titularidad municipal para la celebración espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter eventual, para veladores o terrazas de uso hostelero, para espacios publicitarios, para pasaderas de vehículos, o cualquier otro uso del dominio público municipal de carácter análogo.
Venta ambulante o no sedentaria.

Desarrollo Sostenible: urbanismo:

Planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanísticas
Protección y gestión del patrimonio histórico.
Patrimonio municipal del suelo.
Protección y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.
Conservación y rehabilitación de edificaciones.

Portal y Oficina de Transparencia:

Ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública municipal
Garantizar el derecho al acceso a la información pública y buen gobierno.

Delegaciones Específicas:

Acceso a la Información por Concejales: Resolución de las solicitudes de acceso a la información planteadas por los Concejales reguladas en el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los artículos 14 y 16 del Real Decreto 2586/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como en los artículos 9, 10 y 11 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Cartagena de 1 de junio de 2006.

Tráfico y Seguridad Vial: Según lo dispuesto en los artículos 7 y 84.4 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre), se delegan en el titular del Área, en relación con su ámbito de actuación en materia de tráfico y seguridad vial, las siguientes competencias específicas:

La regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina, por medio de agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración.

Vigilancia de la aplicación de ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social.

La inmovilización de los vehículos en vías urbanas cuando no dispongan de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida, hasta que se logre la identificación de su conductor.

La retirada de los vehículos de las vías urbanas y su posterior depósito cuando obstaculicen, dificulten o supongan un peligro para la circulación, o se encuentren incorrectamente aparcados en las zonas de estacionamiento restringido, en las condiciones legalmente previstas para la inmovilización. Las bicicletas sólo podrán ser retiradas y llevadas al correspondiente depósito si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la circulación de vehículos o personas o dañan el mobiliario urbano.

Igualmente, la retirada de vehículos en las vías interurbanas y el posterior depósito de éstos, en los términos que reglamentariamente se determine.

La autorización de pruebas deportivas cuando discurran íntegra y exclusivamente por el casco urbano, exceptuadas las travesías.

La realización de las pruebas a que alude el artículo 5.o) en las vías urbanas, en los términos que reglamentariamente se determine.

El cierre de vías urbanas cuando sea necesario.

La restricción de la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales.

La sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas

De esta Área de Gobierno dependen los siguientes Órganos Directivos:

Director General de Urbanismo
Director General de Interior y Régimen General

Se adscriben al Área:

El organismo autónomo Patronato Municipal Carmen Conde-Antonio Oliver..
La sociedad municipal Casco Antiguo de Cartagena S. A. en fase de liquidación

Área de Gobierno de Servicios Públicos, Participación Ciudadana y Festejos:

Ámbito de actuación: Infraestructuras, Litoral, Descentralización, Participación ciudadana y Festejos.

Se incluyen en este ámbito, las siguientes materias que se citan con carácter enunciativo y no limitativo:

Parques y jardines públicos.
Gestión de residuos sólidos urbanos.
Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
Vertidos al alcantarillado.
Infraestructura viaria y otros equipamientos de titularidad municipal.
Limpieza de vía pública.
Movilidad.
Transporte colectivo urbano de viajeros.
Parque móvil municipal.
Equipamiento y mobiliario urbanos.
Alumbrado público.
Instalaciones de temporada de playas
Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas,
Fomento del asociacionismo, impulso y desarrollo de la participación ciudadana,
Oficinas de Información Municipal
Registro de Centros y locales sociales.
Coordinación de Distritos y sus relaciones con los Órganos del Ayuntamiento.
Festejos

Se delegan en el titular del Área, en relación con las materias que integran su ámbito de actuación, las siguientes competencias específicas:

Dictar las Resoluciones de inscripción y baja en el Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas.

Convocar y presidir la Comisión de Participación Ciudadana y la Comisión de Coordinación de Juntas.

Coordinar la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones según lo dispuesto en su Reglamento Orgánico aprobado por acuerdo plenario de uno de junio de dos mil seis.

El control de legalidad y la revisión, incluso de oficio, de los actos que dicten los Presidentes de los Distritos.

A esta Área de Gobierno se adscriben los siguientes órganos de participación ciudadana:

Comisión Municipal de Participación Ciudadana
Juntas Vecinales Municipales en el Ámbito de los Distritos
Comisión de Coordinación de Juntas.

De esta Área de Gobierno dependen los Distritos, regulados en el Título VI del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, Distritos y Juntas Vecinales, cuyos Presidentes se nombran a continuación:

D.ª Obdulia Gómez Bernal -PSOE-, Presidenta del Distrito nº 1. integrado por Perín, Los Puertos, Campo Nubla, La Magdalena y Canteras.

D. David Martínez Noguera-PSOE-, Presidente del Distrito n.º 2. integrado por La Aljorra, El Albujón, Pozo Estrecho, Miranda y Santa Ana.

D. Francisco Aznar García -PSOE-, Presidente del Distrito n.º 3. integrado por El Plan y San Félix.

D.ª María del Carmen Martín del Amor -PSOE-., Presidenta del Distrito n.º 4. integrado por San Antonio Abad y Casco Ciudad.

D. Juan Pedro Torralba Villada-PSOE-, Presidente del Distrito nº 5. integrado por El Hondón, Alumbres, Escombreras y Santa Lucía.

D. David Martínez Noguera -PSOE-, Presidente del Distrito n.º 6. integrado por El Lentiscar y La Palma.

D. Juan Pedro Torralba Villada-PSOE-, Presidente del Distrito n.º 7. integrado por El Algar, El Beal y El Rincón de San Ginés

Son funciones de los Concejales Presidentes de Distrito, de acuerdo con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, Distritos y Juntas Vecinales, limitadas al ámbito territorial del mismo:

Convocar y Presidir las sesiones de la Comisión de Coordinación de Juntas.
Nombramiento de Secretarios de las Juntas Vecinales de entre funcionarios del Ayuntamiento de Cartagena.
Suspensión de los actos y acuerdos de los órganos de las Juntas.
Solicitar la convocatoria de las sesiones extraordinarias de los Plenos de las Juntas.
Incluir asuntos en el Orden del Día de las sesiones de las Juntas.
Representar al Distrito ante los órganos centrales del Ayuntamiento.
Vigilancia del funcionamiento de los servicios públicos gestionados en el Distrito.

Por delegación de esta Alcaldía los Concejales Presidentes de Distrito ejercerán, en su ámbito territorial las siguientes competencias:

Dictar instrucciones para el correcto funcionamiento de los servicios del Distrito.
Revisar, incluso de oficio, los actos y acuerdos de los órganos de las Juntas Vecinales

De esta Área de Gobierno depende el siguiente Órgano Directivo:
Director General de Infraestructuras

Área de Gobierno de Estrategia Económica y Hacienda:

Ámbito de actuación: Hacienda Local, Contratación, Patrimonio, Industria, Comercio y Turismo.

Se incluyen en este ámbito, las siguientes materias que se citan con carácter enunciativo y no limitativo:
Gestión económica y presupuestaria
Gestión tributaria, ingresos municipales y recaudación
Operaciones de crédito
Gastos:
Autorización y disposición de los gastos competencia del Alcalde.
Reconocimiento y liquidación de las obligaciones
Ordenación de pagos
Tesorería
Contabilidad
Control y fiscalización de la gestión económica y presupuestaria
Rendición de las cuentas aprobadas por el Pleno
Aprobación del Plan de Tesorería
Contratos del Sector Público
Patrimonio Municipal. Inventario de Bienes y Derechos Municipales.
Gestión de almacenes municipales
Ferias, abastos, mercados y lonjas municipales.
Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

De esta Área de Gobierno dependen los siguientes Órganos Directivos:
Órgano de Tesorería y Contabilidad
Órgano de Gestión Presupuestaria: Director Económico y Presupuestario Municipal
Órgano de Gestión Tributaria
Órgano de control y fiscalización interna: Intervención General Municipal
Se adscriben al Área los siguientes organismos autónomos y consultivos de titularidad municipal:

Organismos autónomos:
Organismo Autónomo de Gestión Recaudatoria.
Fundación Oficina de Congresos de Cartagena en fase de liquidación.

Órgano consultivo:
Consejo Municipal Asesor de Turismo

Área de Gobierno de Calidad de Vida y Bienestar:

Ámbito de actuación: Sanidad, Consumo, Deportes, Medio Ambiente, Desarrollo rural, Agricultura y Pesca.
Se incluyen en este ámbito, las siguientes materias que se citan con carácter enunciativo y no limitativo:
Cementerios municipales y actividades funerarias
Protección de la salubridad pública: Desinfección, desinsectación y desratización, control sanitario de la distribución y suministro de alimentos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humanos, así como de los medios de transporte
Información, protección y defensa de consumidores y usuarios
Protección y defensa de los animales de compañía
Medio ambiente urbano: en particular, gestión y planificación medioambiental, protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en zonas urbanas y disciplina ambiental.
Actividades de fomento del medio ambiente en el término municipal.
Desarrollo rural
Agricultura
Pesca
Promoción del deporte e instalaciones deportivas de titularidad municipal y de ocupación del tiempo libre.
Se adscribe al Área:
Consejo Municipal de Medio Ambiente

Área de Gobierno de Cultura, Educación y Juventud:

Ámbito de actuación: Cultura, Educación, Juventud y Patrimonio Arqueológico.

Se incluyen en este ámbito, las siguientes materias que se citan con carácter enunciativo y no limitativo:
Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
Museos Municipales, exposiciones, actividades e instalaciones culturales de titularidad municipal.
Red de Bibliotecas Municipales.
Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes.
Conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad municipal destinados a centros públicos de educación infantil, primaria o de educación especial.
Juventud.
Protección Y Gestión Del Patrimonio Arqueológico Municipal Con Fines De Interés Cultural.
De esta Área de Gobierno depende el siguiente Órgano Directivo:
Coordinador General de Patrimonio Histórico y Arqueológico

Área de Gobierno de Servicios Sociales, Empleo e Igualdad:

Ámbito de actuación: Servicios Sociales, Empleo e Igualdad
Se incluyen en este ámbito, las siguientes materias que se citan con carácter enunciativo y no limitativo:
Empleo y Empresa
Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, con especial atención a personas mayores; personas con discapacidad; inmigrantes y minorías étnicas; familia e infancia, personas en situación de emergencia o riesgo social y drogodependencias.
Mediación social.
Igualdad
Vivero de empresas para mujeres
De esta Área de Gobierno depende el siguiente Órgano Directivo:
Coordinador General de Desarrollo Sostenible
Se adscriben al Área los siguientes organismos de titularidad municipal:
Organismos autónomos:
Fundación Rifa Benéfica Casa del Niño
Agencia de Desarrollo Local y Empleo.
Órganos consultivos:
Consejo Municipal de Cooperación Internacional al Desarrollo
Comisión Municipal de Drogodependencias
Consejo Social de la Ciudad de Cartagena.

B.- Además de lo indicado, por cada Área de Gobierno se asumirán las competencias de su respectivo ámbito de actuación que la legislación sectorial vigente atribuya expresamente como propias de los municipios, así como otras competencias enumeradas en el párrafo 3 del artículo 27 de la Ley 7/1985, reguladora de la Bases de Régimen Local, según redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que sean delegadas por disposición o acuerdo de delegación de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, previamente aceptado por el Ayuntamiento, con el objeto de evitar duplicidades administrativas, mejorar la transparencia de los servicios públicos y el servicio a la ciudadanía, y en general, contribuir a los procesos de racionalización administrativa, generando un ahorro neto de recursos.

Cuarto.- Funciones de los concejales delegados de Área:

Los Concejales Delegados de Área tienen funciones de dirección, planificación o coordinación política, y en concreto, las enumeradas en el artículo 21 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Cartagena, sin perjuicio de las competencias que les sean delegadas en relación con las materias que integran sus respectivos ámbitos de actuación y que con carácter general, son las siguientes:

- Representar al Ayuntamiento en sus relaciones externas, salvo cuando haya de intervenir una Autoridad del Estado, de las Comunidades Autónomas o Alcaldes de otros municipios.

- Dictar decretos e instrucciones.

- En el ámbito de actuación de cada Área de Gobierno, la autorización y disposición de los gastos cuya competencia corresponde a Alcaldía.

- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del ayuntamiento, en las materias de su competencia respectiva.

- Facultades de revisión de oficio y resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra sus propios actos.

- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas de competencia de Alcaldía.

Quinto.- Régimen jurídico de las delegaciones que se otorgan

Las resoluciones administrativas dictadas por los Concejales Delegados de Área que tengan forma de Decreto se inscribirán en el Libro de Resoluciones del Alcalde.

Cuantos actos y resoluciones se adopten en ejercicio de las competencias delegadas en virtud del presente Decreto, deberán hacer constar esta circunstancia haciendo mención a este Decreto y la fecha de publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Sexto.- Régimen de dedicación en el ejercicio del cargo

Los Concejales Delegados de Área desempeñarán el ejercicio de sus cargos en régimen de dedicación exclusiva.

Séptimo.- Régimen de Suplencias

Los titulares de los órganos previstos en el presente Decreto serán suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien se indica a continuación:

1.º El Concejal Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Sostenible y Función Pública, cuyo titular es D. Francisco Aznar García-PSOE-, será suplido por D. Juan Pedro Torralba Villada-PSOE -,

2.º El Concejal Delegado del Área de Gobierno de Servicios Públicos, Participación Ciudadana y Festejos, cuyo titular es D. Juan Pedro Torralba Villada-PSOE- será suplido por D. Francisco Aznar García-PSOE-,

3.º La Concejal Delegada del Área de Gobierno de Estrategia Económica y Hacienda, cuyo titular es Dª María del Carmen Martín del Amor -PSOE- será suplida por D. Francisco Aznar García.-PSOE-

4.º La Concejal Delegada del Área de Gobierno de Calidad de Vida y Bienestar, cuyo titular es D.ª Obdulia Gómez Bernal-PSOE-, será suplida por D.ª María del Carmen Martín del Amor-PSOE-.

5.º El Concejal Delegado del Área de Gobierno de Cultura, Educación y Juventud, cuyo titular es D. David Martínez Noguera -PSOE- será suplido por D.ª Obdulia Gómez Bernal-PSOE-.

6.º Los Coordinadores Generales y los Directores Generales, en su caso, serán suplidos por el Concejal Delegado del Área al que están adscritos.

8.º Los Presidentes de Distrito serán suplidos en primer lugar por D. Juan Pedro Torralba Villada-PSOE-, en su defecto por D. Francisco Aznar García-PSOE-

Octavo.- Disposición Derogatoria.

Quedan derogadas todas las resoluciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente.

Noveno.- Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la web municipal www.cartagena.es.

De este Decreto, que se sentará en el Libro de Resoluciones de Alcaldía, se dará cuenta al Excmo. Ayuntamiento Pleno, se notificará personalmente a los interesados, a quienes se les requerirá su aceptación e igualmente se comunicará a los demás afectados por la misma.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cartagena, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que se estime procedente en defensa de su derecho.


Así lo manda y firma, la Excma. Sra. Alcaldesa Presidenta.
Ana Belén Castejón Hernández.
Doy fe. La Directora de la Oficina del Gobierno Municipal.
Encarnación Valverde Solano.

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA NÚMERO 57 DE 09 DE MARZO DE 2018
 

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