Orden de 21 de mayo de 2018, por la que se amplía el número de unidades de la Escuela Infantil Municipal ‘Virgen de la Caridad’ de Cartagena. Código 30012781.

Viernes 8 Junio 2018  |  Visto: 533 veces  |  Versión Imprimible



Consejería de Educación, Juventud y Deportes




BORM 131 DE 08/06/2018


Visto el expediente tramitado a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, sobre la ampliación del número de unidades de la Escuela Infantil Municipal ‘Virgen de la Caridad’ de Cartagena, código 30012781, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos:

Antecedentes

Primero. Mediante escrito presentado en el Registro General de la CARM de fecha 20 de octubre de 2016, el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena solicitó la ampliación de tres unidades de primer ciclo de Educación Infantil en la Escuela Infantil Municipal ?Virgen de la Caridad? de Cartagena, código 30012781.

Segundo. De acuerdo con la Orden de 11 de agosto de 2010 (BORM 16 de septiembre) por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento de la Escuela Infantil Municipal ‘Virgen de la Caridad’ de Cartagena, código 30012781, dicho centro queda configurado con las siguientes enseñanzas y unidades:

-Educación Infantil de primer ciclo: 8 unidades.

Tercero. Con fecha 13 de diciembre de 2016, la Unidad Técnica de Centros Educativos emite informe favorable a la ampliación solicitada a la vista de los planos suscritos por el arquitecto técnico municipal D. Antonio Navarro Iniesta, de fecha octubre de 2016.

Fundamentos de derecho

Primero. La competencia para resolver el procedimiento la tiene atribuida la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, de conformidad con el Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional, (BORM del 21) y el artículo 3 del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 enero.

Segundo. En materia de requisitos mínimos de instalaciones y espacios del centro educativo, son de aplicación específica a este expediente las siguientes disposiciones:

- Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo) por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

- Resolución de 16 de junio de 2010 de la Dirección General de Centros, por la que se dictan instrucciones sobre la aplicación a los Centros de Primer Ciclo de Educación Infantil, del contenido del artículo 5.2 del mencionado Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, y del artículo 10 y disposición adicional cuarta del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Tercero. Con la documentación que obra en el expediente y que se refiere en los antecedentes, ha quedado acreditado el cumplimiento de los requisitos formales y materiales exigidos para el otorgamiento de la ampliación solicitada.

Constan en el expediente informes favorables emitidos por el Servicio de Centros y por el Servicio Jurídico de la Consejería.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros Educativos, en virtud de las atribuciones que me confieren el Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional y el artículo 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Primero. Aprobar la ampliación de tres unidades de primer ciclo de Educación Infantil en la Escuela Infantil Municipal ‘Virgen de la Caridad’ de Cartagena, código 30012781, quedando configurado el centro en los siguientes términos:

a) Código de centro: 30012781.

b) Titularidad del Centro: Ayuntamiento de Cartagena.

c) Denominación genérica: Escuela Infantil Municipal.

d) Denominación específica: ?Virgen de la Caridad?.

e) Domicilio: C/ Barriada Virgen de la Caridad, s/n.

f) Localidad: Cartagena.

g) Provincia: Murcia.

h) Comunidad Autónoma: Región de Murcia.

i) Enseñanza autorizada: Educación Infantil de primer ciclo.

j) Capacidad: 11 unidades.

1 unidad (0-1 años): 7 puestos escolares.
5 unidades (1-2 años): 60 puestos escolares.
5 unidades (2-3 años): 76 puestos escolares.

Segundo. La nueva configuración del centro educativo se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de Niveles No Universitarios de la Región de Murcia.

Tercero. Se requiere al titular del centro educativo para que aporte a la Inspección de Educación, la relación del personal de las nuevas unidades, con indicación de sus titulaciones respectivas para su supervisión y control.

Cuarto. En el caso de que el centro deje de reunir alguno de los requisitos mínimos establecidos en la normativa aplicable, la autorización será objeto de revocación expresa por esta Administración.

Particularmente, el titular se obliga a mantener en todo momento el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacios e instalaciones que han motivado el otorgamiento de la autorización según consta en los documentos que obran en el expediente.

Quinto. La presente Orden surtirá efectos desde el inicio del curso escolar 2017/2018.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

Murcia, 21 de mayo de 2018.
La Consejera de Educación, Juventud y Deportes.
Adela Martínez-Cachá Martínez.


ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA NÚMERO 131 DE 8 DE JUNIO DE 2018

 

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