Ayudas en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas declaradas en la Región de Murcia en el marco del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga.

Sábado 6 Octubre 2018  |  Visto: 379 veces  |  Versión Imprimible



Consejería de Fomento e Infraestructuras




BORM n.º 232 de 06/10/2018


Orden de 2 de octubre de 2018, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se establece el plazo máximo de ejecución de las actuaciones y el plazo máximo de justificación de las ayudas en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas declaradas en la Región de Murcia en el marco del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga.

Al amparo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, y el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016, prorrogados durante el año 2017, se suscribieron acuerdos de financiación con fechas 23 de octubre de 2014, 17 de diciembre de 2014, 19 de octubre de 2015, 28 de marzo de 2016, y 25 de octubre de 2017, para la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y viviendas, renovación, reurbanización de los espacios públicos y otros aspectos específicos entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los Ayuntamientos respectivos, destinados a la Regeneración y Renovación Urbanas de Abarán, Albudeite, Casco Urbano de Alcantarilla, Alto Palomo en Blanca, Cartagena, Centro Urbano de Cartagena, Casco Urbano de Cehegín, Ceutí, Fortuna, Casco Urbano de Lorca, Lorca II, Lorquí, Mula, Los Baños, La Puebla y Fuente Librilla, Casco Urbano de Ojós y Partido de La Cuna, Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras, Municipio de Santomera, Torre Pacheco, Totana y Municipio de la Unión.

Mediante Órdenes de la Consejería competente en materia de vivienda se aprobaron las bases reguladoras y las convocatorias de subvenciones destinadas a la rehabilitación y la reconstrucción de edificios y viviendas en las que se establecía el plazo máximo de ejecución de las actuaciones y el plazo máximo de justificación de las ayudas.

Tras haberse suscrito con fecha 29 de mayo de 2018 Adendas para la modificación de los Acuerdos de Comisión Bilateral, por las que el período de duración de las actuaciones se modifica de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, procede adaptar los plazos citados.

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre vivienda, correspondiendo a la Consejería de Fomento e infraestructuras la propuesta, desarrollo y ejecución de la política del Gobierno en dicha materia, de conformidad con el Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional.

El artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que, con carácter previo al otorgamiento de subvenciones, deban ser aprobadas las bases reguladoras de la concesión. La misma previsión recoge el artículo 3 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo:

Artículo único. Los plazos máximos de ejecución de las actuaciones y de justificación de las ayudas para obras de rehabilitación y reconstrucción de edificios y viviendas, en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas declaradas en la Región de Murcia en el marco del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga para 2017, incluidos en los acuerdos de financiación de fechas 23 de octubre de 2014, 17 de diciembre de 2014, 19 de octubre de 2015, 28 de marzo de 2016, y 25 de octubre de 2017, para la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y viviendas, renovación, reurbanización de los espacios públicos y otros aspectos específicos entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los Ayuntamientos respectivos, destinados a la Regeneración y Renovación Urbanas de Abarán, Albudeite, Casco Urbano de Alcantarilla, Alto Palomo en Blanca, Cartagena, Centro Urbano de Cartagena, Casco Urbano de Cehegín, Ceutí, Fortuna, Casco Urbano de Lorca, Lorca II, Lorquí, Mula, Los Baños, La Puebla y Fuente Librilla, Casco Urbano de Ojós y Partido de La Cuna, Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras, Municipio de Santomera, Torre Pacheco, Totana y Municipio de la Unión, regulados por la Orden de 26 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento (BORM n.º 119, de 25/05/2017), Orden de 29 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento (BORM n.º 123, de 30/05/2017), Orden de 7 de noviembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento (BORM n.º 259, de 9/11/2017), Orden de 11 de diciembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento (BORM n. 289, de 16/12/2017), Orden de 13 de diciembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento (BORM n.º 288, de 15/12/2017), y Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento (BORM n.º 300, de 30/12/2017), son los siguientes:

Uno.- Plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de las actuaciones será como máximo hasta el 30 de junio de 2019.

Dos.- Justificación de las ayudas.

El plazo máximo de justificación de las ayudas será el 30 de septiembre de 2019.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 2 de octubre de 2018.
El Consejero de Fomento e Infraestructuras.
Patricio Valverde Espín.

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA NÚMERO 232 DE 06 DE OCTUBRE DE 2018
 

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 20/04/2024
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