Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 8 de agosto de 2018 del Ayuntamiento de Cartagena, por el que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a proyectos culturales.

Viernes 18 Enero 2019  |  Visto: 1.267 veces  |  Versión Imprimible



Junta de Gobierno Local


BORM n.º 14 de 18/01/2019


BDNS (Identif.): 435438

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3b y 20.8.a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la pagina web del Ayuntamiento: https://www.cartagena.es/gestion/documentos/acuerdosynormativas.

Primero.- Beneficiarios.

A favor de personas físicas, jurídicas,entidades y colectivos ciudadanos y entes sin personalidad propia sin animo de lucro que tengan su domicilio en Cartagena.

Segundo.- Objeto.

Tienen por objeto regular subvenciones en concurrencia competitiva, por parte de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Cartagena.

Tercero.- Podrán solicitar subvención:

3.1.- Personas físicas mayores de 18 años.

3.2.- Asociaciones y fundaciones legalmente constituidas.

3.3.- En el caso de otras personas jurídicas. estar legalmente constituidas como tales.

3.4.- No estar incursas las personas jurídicas o las entidades en alguno de los supuestos de prohibición por incapacidad o incompatibillidad.

3.5.- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la seguridad social y no ser deudor del Ayuntamiento de Cartagena.

3.6.- Tener justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Cartagena.

3.7.- En el caso de personas físicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas publicas o privadas, deberán cumplir los requisitos anteriores todos y cada uno de sus miembros.

Cuarta.- Solicitudes y documentación necesaria.

Las solicitudes se presentaran con la documentación exigida, original y copia mediante instancia dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cartagena.

Quinta.- Plazo de solicitud.

El plazo de solicitud será de 20 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Cartagena, 8 de agosto de 2018.
El Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.
David Martínez Noguera.

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA NÚMERO 14 DE 18 DE ENERO DE 2019

 

Volver al listado


 
*

Información gestionada por el Gabinete de Comunicación y Protocolo del Excmo Ayuntamiento de Cartagena.
Palacio Consistorial. Tel: 968128810
Email: prensa@ayto-cartagena.es
Twitter: @AytoCartagenaES
Instagram: @aytocartagenaes

  • Fecha de última revisión de esta sección: 20/04/2024
  •  / 
  • Fecha de última actualización del portal: 20/04/2024

Los portales de internet del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena únicamente utilizan cookies propias con finalidad técnica, no recaban ni ceden datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contienen enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a las de dichos portales del ayuntamiento que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Aceptar todas Rechazar todas Configurar