Convocatoria para la instalación del Mercadillo de Artesanía de Navidad del 6 de diciembre de 2019 al 6 de enero de 2020

Martes 8 Octubre 2019  |  Visto: 719 veces  |  Versión Imprimible



Negociado de Mercados


APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA EL MERCADILLO DE ARTESANÍA-BISUTERÍA DE NAVIDAD (DEL 6 DE DICIEMBRE DE 2019 AL 6 DE ENERO DE 2020, AMBOS INCLUSIVE)

Al objeto de poder celebrar, un año más, el tradicional mercadillo de artesanía-bisutería de Navidad, coincidente con las fiestas navideñas, se abre un período de presentación de solicitudes que abarcará desde el día 9 de octubre al 29 de octubre, ambos inclusive.

El número de autorizaciones a otorgar en este mercadillo es de 30. El horario de venta al público es de las 10:00 a 14:00 horas (mañana) y de 16:00 a 22:00 horas (tarde/noche), a diario, ampliando excepcionalmente este último la noche del 5 de enero hasta las 24:00 horas.

Dadas las especiales características de estos mercadillos, estos puestos se instalarán mediante módulos tipo “stand”, exigiendo que sean todos iguales, con dimensiones máximas definidas de 4x2 metros.

Se recuerda a todos los interesados que, conforme dicta la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante en el término municipal de Cartagena (art. 18.4): “No se tendrán en cuenta todas aquellas solicitudes presentadas fuera del plazo establecido”.

REQUISITOS

Estar al corriente del pago de las obligaciones con la Hacienda pública estatal o municipal.

Cumplir los requisitos y condiciones exigidos en su legislación específica para la comercialización y venta de los productos a ofertar.

En el caso de comerciantes de venta ambulante procedentes de países no comunitarios, deberán, si son personas físicas, estar en posesión de los correspondientes permisos o autorizaciones exigidos por la normativa sobre extranjería, y, en el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Mercantil correspondiente.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, la persona física o jurídica deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Presentar instancia cumplimentada.

- Fotocopia de su DNI/NIE tanto del solicitante como del colaborador en caso de persona física.

- Si se trata de persona jurídica: Además de la documentación citada, CIF, Escritura de Constitución de la Sociedad, nombramiento de representante y colaboradores.

- Dossier fotográfico del producto a vender.

- Documento acreditativo de haber abonado la tasa de autorizaciones administrativas.

Únicamente en el caso de ser adjudicatario de puesto, en los 3 días siguientes a la notificación de la adjudicación y antes del inicio del ejercicio de la actividad, deberán presentar:

- Seguro de Responsabilidad Civil, recibo de haber abonado la anualidad correspondiente.

- Documento que acredite estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas ( IAE). En caso de exención o no sujeción de acuerdo con la normativa específica reguladora de este Impuesto, presentarán la copia de alta en el censo de obligados tributarios.

- Estar dado de alta en la Seguridad Social, así como al corriente de sus obligaciones tributarias con este Organismo.

Las instancias podrán ser descargadas de la sede electrónica de la web municipal, o bien, retirarlas presencialmente de las oficinas de atención al ciudadano (OMITAS, Ayuntamiento, Parque de Seguridad,...)

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 19/04/2024
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  • Fecha de última actualización del portal: 19/04/2024

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