Modificación de restricción de viajes desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden y salud pública con motivo de la crisis sanitaria COVID-19

Miércoles 16 Septiembre 2020  |  Visto: 181 veces  |  Versión Imprimible



Ministerio del Interior



BOE n.º 247 de 16/09/2020

Fronteras

Orden INT/851/2020, de 14 de septiembre, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, estableció un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea, así como un conjunto de categorías específicas de personas también exentas de esas restricciones, independientemente de su lugar de procedencia. Esta Recomendación ha sido modificada en sucesivas ocasiones para ir reduciendo el listado de terceros países en vista del empeoramiento de la situación epidemiológica en varios de ellos. (...)

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 29/03/2024
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