Prórroga por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el Servicio Murciano de Salud

Lunes 3 Mayo 2021  |  Visto: 204 veces  |  Versión Imprimible



Consejería de Salud - Servicio Murciano de Salud



BORM n.º 99 de 03/05/2021

Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se prorroga la vigencia del acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 31 de julio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el Servicio Murciano de Salud.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de octubre de 2020 se ratificó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 31 de Julio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el Servicio Murciano de Salud, publicado por Resolución de 19 de octubre de 2020 del Secretario General de la Consejería de Salud (BORM 28/10/2020).

El artículo 3.6 de la Orden de 26 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas adicionales, de carácter temporal, para hacer frente a la epidemia de COVID-19 en la Región de Murcia (BORM 26/10/2020) dispone el fomento y promoción de la utilización de la modalidad de teletrabajo siempre que resulte factible. (...)
 

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 20/04/2024
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  • Fecha de última actualización del portal: 20/04/2024

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