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Miércoles 8 Noviembre 2017  |  Visto: 778 veces



Junta de Gobierno Local


BORM n.º 258 de 08/11/2017


Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22 de agosto de 2017 sobre convocatoria de concesión de subvenciones por inversiones en el Centro Histórico, por el procedimiento de concurrencia competitiva.


BDNS (Identif.):368503


Primero.- Objeto.


Las subvenciones objeto de la presente convocatoria, promovidas desde el Área de Gobierno de Estrategia Económica, pretenden dinamizar la actividad empresarial y comercial en el Centro Histórico de la ciudad, siendo el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.


Segundo.- Imputación presupuestaria


Las subvenciones que se concedan se imputarán a la partida presupuestaria: 03007 9313 47900 e irán destinadas a financiar los siguientes gastos:


En relación con los locales sitos en el perímetro del Centro Histórico:


a) Locales destinados a actividad comercial o empresarial, el 40% de los gastos generados por la ejecución material de las obras e instalaciones, que requieran títulos habilitantes en materia de urbanismo, para la apertura de nueva actividad; así como, para las reformas que se efectúen en los locales con motivo del cambio de actividad o de titular; e igualmente, para la remodelación de locales con más de diez años. Tope máximo de concesión: 10.000 ¬.


En la actividad de hostelería, con mesas y sillas en terraza instalada en la vía pública, el 90% de la tasa municipal por la ocupación de la vía pública con finalidad lucrativa, pagada en el primer año de la actividad.


b) Gastos en concepto de Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, por inversión en la construcción o rehabilitación de edificaciones o la puesta en funcionamiento de actividades comerciales, profesionales o industriales, conforme a los puntos 2.º y 7.º de las bases de aprobación de la concesión de subvenciones de 24 de noviembre de 1.999.


En el caso de los mercados municipales de abastos:


El 40% de los gastos ocasionados por la ejecución material de las obras e instalaciones llevadas a cabo, para la reforma o modernización de los puestos. Tope máximo: 10.000 ¬.


Tercero.- Bases reguladoras


Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22 de agosto de 2017.


Cuarto.- Beneficiarios


Las personas físicas o jurídicas privadas que promuevan y realicen las inversiones destinadas al inicio de una actividad empresarial o comercial, o a la remodelación de locales ya en funcionamiento, cuando ésta sea motivada por cambio de actividad o de titular, siempre que dichos locales estén ubicados en las calles que conforman el perímetro del Casco Histórico; o bien como consecuencia de la construcción o rehabilitación de edificaciones o la puesta en funcionamiento de actividades, en el caso del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras; o también, cuando sean adjudicatarias de algún puesto en los Mercados Municipales de Abastos.


Quinto.- Plazo


El plazo de presentación de solicitudes será de DOS MESES desde la notificación al interesado de la concesión de licencia de obras o de actividad, o bien desde la presentación de la declaración responsable o comunicación previa, según sea el título habilitante exigido. En el caso de los Mercados Municipales de Abastos, el plazo mencionado anteriormente, será desde la realización de la obra.


Sexto.- Solicitudes


Las solicitudes se formalizarán en el modelo de instancia que figura como Anexo I de la convocatoria, que se acompañará de los Anexos II, III, IV y V de dicha convocatoria, debidamente cumplimentados, y adjuntando la documentación indicada en los mismos.


La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General, ubicado en la planta baja del edificio administrativo sito en la C/ San Miguel, C.P. 30201 de Cartagena; en cualquiera de las oficinas descentralizadas (OMITAS), o en las Oficinas de Correos tal y como establece el art.º 16.4 de a Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Cartagena, 22 de agosto de 2017.
Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, Francisco Aznar García.


ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA NÚMERO 258 DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2017

 
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