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Martes 17 Abril 2018  |  Visto: 902 veces



Concejalía de Festejos


La Concejalía de Festejos en el ejercicio de sus funciones de fomento de fiestas y tradiciones del municipio y promoción de eventos para activar la animación de la ciudad convoca a asociaciones, colectivos sin ánimo de lucro y otros promotores privados a la realización de la llamada Fiesta de la Cruz de Mayo para los días 4, 5 y 6 de mayo dado que el día de la festividad tradicional es el lunes 3 de mayo y se considera el fin de semana fecha más indicada para su celebración.

Los organizadores, presentarán en sus solicitudes de proyectos a realizar con tal motivo, especificando los siguientes datos:

Entidad organizadora:
Persona física responsable.
Proyecto de actividades a realizar, con especificación de lugar propuesto, horarios y contenidos, así como la infraestructura municipal indispensable necesaria para su posible desarrollo en los casos que proceda.
Especial especificación y descripción detallada de los equipos de emisión de sonido que se pretendiera instalar a fin de evaluar previamente su impacto acústico.

Todo ello para adecuarlo a lo establecido en la Ley 37/2003 del ruido y el R.D. 1367/2007 por el que se desarrolla esta ley.

El horario se adaptará siempre a esta franja:

(Montaje exclusivamente el jueves tarde noche)
* Viernes 4 de mayo a partir de las 12:00 horas y hasta las 01:00 horas del 5 de mayo (en horario de 12:30 horas a 16:30 solo música ambiental moderada)
* Sábado día 5 entre las 12:00 hasta las 01:30 horas del 6 de mayo
* Domingo 6 de mayo de 12:00 a 21:00 horas.

Puede variar en función de la singularidad de las condiciones acústicas de algún proyecto concreto.

En todo caso:

A) Los organizadores desarrollarán actividades propias de la temática de la fiesta. Quedando excluidos los programas quienes lo planteen de otra forma o exentas de contenido. Por tanto se pormenorizarán horarios y actividades siempre de las anteriores pautas y a efectos de seguimiento.
B) Se restringirá o prohibirá la instalación de escenarios cuando inicialmente se aprecien dificultades para el tránsito normal de viandantes y/o vehículos de emergencia.
C) Si se tuviera pretensión de incluir en los eventos dispensación de bebidas o alimentos en cada zona de celebración. Se aportará con el proyecto la identificación de todos y cada uno de las personas que intervienen en ello y su preceptiva capacitación legal para realizarlo (certificaciones de instalación, documentación individual para manipulación de alimentos, altas en la seguridad social) y licencias de las que disponen para este fin. Y se pondrá en conocimiento del servicio municipal competente la relación de establecimientos participantes.
D) Igualmente se habrá de disponer, como en cualquier evento o festejo, seguro de responsabilidad que cubra todas las contingencias de responsabilidad civil y/o daños en el entorno por causa de esta actividad o la de sus usuarios.
E) Se ubicarán en el emplazamiento que normalmente tienen asignado y autorizado en terraza y de acuerdo con los horarios anteriormente citados.
F) Colectivos de impulso tradicional de la fiesta, cofradías, hermandades, etc. Delimitarán su zona de actuación y aportarán los requisitos necesarios en materia de sanidad y seguridad de sus elementos.
Acompañaran la documentación necesaria: proyecto, programa, certificados de inspecciones técnicas, seguros, etc. Necesarios para la actividad.
G) La música se habrá de instalar de forma centralizada en zonas de concentración de eventos y limitada linealmente en todos los establecimientos a través o sistemas de autocontrol instalados por el promotor.
H) Se indicará a cada organizador las medidas correctoras o necesarias para su proyecto si estas originaran problemas de aplicación por contenidos de programa y/o medios para desarrollarlo. Todo una vez que el departamento de gestión de gestión ambiental informe sobre el impacto acústico.

Se realizará un seguimiento del cumplimiento de estas pautas cesando inmediatamente la actividad si no se ajustara a este formato o por causas de volumen de música y a instancias de policía local o se constatare que causa molestias o genera problemas de orden público. Sin perjuicio de las sanciones a las que hubiere lugar.

Plazo máximo para presentar solicitudes: 24 de abril de 2018.

Presentación en Registro General del Ayuntamiento de Cartagena en Calle San miguel, 8

Cartagena, a 16 de abril de 2018
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