Edicto de Aprobación de los Padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Tasa de Basuras, Viviendas, La Manga del Mar Menor y Tasa por instalación de Mesas y Sillas, ejercicio 2024

Miércoles 24 Abril 2024  |  Visto: 67 veces  |  Versión Imprimible



Órgano de Gestión Tributaria


APROBACIÓN DE VARIOS PADRONES DE TRIBUTOS DEL EJERCICIO 2024

EDICTO:

 

Aprobados, por resoluciones electrónicas del Director del Órgano de Gestión Tributaria de 21 de marzo y 9 de abril de 2024, los padrones que han de servir de base para la exacción, en el presente ejercicio, de los censos de:

 

1) Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana

2) Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica

3) Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales

4) Tasa de Recogida Basuras de viviendas de La Manga

5) Tasa por la Ocupación de Terrenos de Uso Público Local con Mesas y Sillas para Fines Lucrativos

 

Los datos de los mencionados padrones quedan expuestos al público en el Órgano de Gestión Tributaria del Excmo. Ayuntamiento, planta baja, c/ San Miguel número 8, a los que tendrán acceso los interesados por cualquier medio que permita acreditar su identificación, durante el plazo de UN MES desde el siguiente día a la publicación de este anuncio.

 

Contra el acuerdo de aplicación y efectividad de cuotas podrá formularse recurso de reposición potestativo, ante el Órgano de Gestión Tributaria, o reclamación Económica-Administrativa, ante el Consejo Económico Administrativo de Cartagena, previo al contencioso administrativo, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones.

 

El período voluntario de cobranza, establecido para los censos expuestos, será DESDE EL 3 DE JUNIO HASTA EL 5 DE AGOSTO DE 2024, ambos inclusive, para los Padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de la Tasa de Basuras de Viviendas de La Manga, y DESDE EL 3 DE JUNIO HASTA EL 5 DE SEPTIEMBRE DE 2024, ambos inclusive, para el Padrón de la Tasa por la Ocupación de Terrenos de Uso Público Local con Mesas y Sillas para Fines Lucrativos.

 

La cobranza se llevará a efecto a través de las entidades colaboradoras siguientes que se citan en las notificaciones-cartas de pago, BANCO SABADELL, CAJAMAR y CAIXABANK (en oficina en los días y horario por éstas establecido, cajeros automáticos o banca electrónica), y OFICINAS DE CORREOS (con cargo adicional). Tambien se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria o Bizum en la Sede Electrónica de la web del Organismo Autónomo de Gestión Recaudatoria (https://sede.oagrc.es).

 

Se recuerda a los señores contribuyentes que podrán hacer uso de las modalidades de domiciliación de pago y gestión de abono en las entidades bancarias y cajas de ahorro, con arreglo a las normas señaladas en el artículo 38 del vigente Reglamento General de Recaudación.

 

Transcurrido el plazo en voluntaria señalado, por los recibos no satisfechos, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio con el recargo, intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con el artículo 28 de la Ley General Tributaria, Ley 58/2003 de 17 de diciembre y artículos 23 y siguientes del RD 939/05 de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.

 

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria y 23 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

 

Cartagena, a 11 de abril de 2024

EL CONCEJAL DEL ÁREA DE EDUCACIÓN Y HACIENDA

Fdo. Ignacio Jáudenes Murcia

 

ANUNCIO PUBLICADO EN EL DIARIO LA OPINIÓN EL MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA EL MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024 (...)


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  • Fecha de última revisión de esta sección: 07/05/2024
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  • Fecha de última actualización del portal: 07/05/2024

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