Convocatoria para la concesión de subvenciones a colectivos y asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro de Cartagena

Viernes 17 Marzo 2023  |  Visto: 356 veces  |  Versión Imprimible



Concejalía de Igualdad


CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A COLECTIVOS Y ASOCIACIONES DE MUJERES SIN ANIMO DE LUCRO DEL TERMINO MUNICIPAL DE CARTAGENA AÑO 2023.

PRIMERO.- El artículo 23 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955 establece que las Corporaciones Locales podrán conceder subvenciones a Entidades, Organismos o particulares, cuyos servicios o actividades complementen o suplan los atribuidos a la competencia local.

Así mismo, el artículo 2 de la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre, establece que se entiende por subvención, toda disposición dineraria realizada a favor de personas públicas o privadas siempre que se cumplan los siguientes objetivos: que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios; que esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular o la concurrencia de una situación; y por último, que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

SEGUNDO.- Este Ayuntamiento a través de la Concejalía de Igualdad apoya a las Asociaciones de Mujeres y colectivos del término municipal de Cartagena que tengan como prioridad preferentemente el empoderamiento femenino con el objetivo claro de fortalecer las capacidades y autoestima de las mujeres. Por ello , desde la Concejalía de Igualdad se convoca para el presente año 2023 subvenciones destinadas a financiar actividades y proyectos para colectivos y asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro del municipio de Cartagena.

Que la cuantía de la subvenciones a conceder a asociaciones y colectivos capítulo 4 para el presente año, asciende a 80.000,00.- euros con cargo a la partida presupuestaria .2023-07003- 2310-48211, RC: 2023.2.0003810.000. Y del capítulo 7 de transferencias de capital para asociaciones y colectivos asciende a 40.000,00.- euros , con cargo a la partida presupuestaria 2023-07003-2310-78002. RC: 2023.2.0003808.000.

TERCERO.- Por lo tanto, se considera conveniente, y así se propone, se adopte el acuerdo de aprobar las siguiente convocatoria de subvenciones:

ARTÍCULO 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 19/04/2024
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