Extracto de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a colectivos juveniles

Martes 30 Abril 2024  |  Visto: 245 veces  |  Versión Imprimible



Junta de Gobierno Local


BORM n.º 99 de 30/04/2024

 

BDNS (Identif.): 756982

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/756982)

 

El Ayuntamiento de Cartagena ha aprobrado en Junta de Gobierno la convocatoria de subvenciones a colectios juveniles por importe de 40.000€.

 

Las entidades juveniles desempeñan un papel importante en los diversos ámbitos de la actividad social, contribuyendo a un ejercicio activo de la ciudadanía representando los intereses de los jóvenes ante los poderes públicos y desarrollando una función esencial e imprescindible en la política de juventud, para lo cual la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones contemplan el otorgamiento de ayudas y subvenciones por parte de las diferentes Administraciones públicas conforme al marco legal y reglamentario de carácter general que las prevé.

 

Las subvenciones tendrán como finalidad, promover y apoyar las acciones que propicien el Asociacionismo Juvenil, estimular el funcionamiento de colectivos de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas y de tiempo libre que faciliten la participación juvenil, tanto en el marco de sus propias asociaciones como en la vida social activa.

 

Serán objeto de subvención aquellas actividades, proyectos o programas dirigidos a la población joven siendo esta la comprendida entre los 14 y 35 años de edad, cuyos objetivos se orienten a:

 

a) Potenciar la solidaridad, la tolerancia, la participación y la adecuada educación en valores y derechos humanos.

 

b) Facilitar la adecuada información y asesoramiento en temas de interés juvenil.

 

c) Promocionar el asociacionismo y la participación juvenil.

 

d) Fomentar alternativas de ocio saludable, entre la población joven.

 

e) Desarrollar acciones formativas e información en temas de interés.

 

f) Impulsar actividades de promoción y fomento del voluntariado.

 

g) Mejorar el conocimiento y uso de las nuevas tecnologías.

 

h) Apoyar el desarrollo de proyectos que favorezcan la integración de jóvenes pertenecientes a colectivos desfavorecidos

 

Podrán obtener la condición de beneficiarios de subvención:

 

a) Las Asociaciones Juveniles constituidas conforme a lo previsto en la legislación vigente aplicable, en particular en el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles, reguladas conforme a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo Reguladora del Derecho de Asociación e inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones, y que no estén sometidas a ningún régimen específico.

 

b) Las Entidades Prestadoras de servicios a la Juventud constituidas conforme a la legislación vigente, que carezcan de interés lucrativo, y que estatutariamente prevean la atención al colectivo juvenil entre sus fines.

 

c) Secciones juveniles de entidades de adulto debidamente constituidas, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio, para los asuntos específicamente juveniles.

 

La documentación a presentar irá dirigida a la Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, debiendo ser presentada a través de la Sede Electrónica, A través del siguiente enlace

https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10709.

 

Documentación requerida:

 

a) Solicitud de Subvención. (ANEXO I)

 

b) Formulario de Proyecto a subvencionar. (ANEXO II)

 

c) Declaración Jurada (ANEXO III)

 

d) Código de identificación fiscal de la entidad solicitante y documento acreditativo de la constitución del colectivo y/o de la representación que ostenta el solicitante.

 

e) Compromiso de participación en los programas /proyectos desarrollados por la Concejalía de Juventud del Ayto. de Cartagena, firmado por el Presidente de la entidad juvenil. (ANEXO IV).

 

f) Autorización para Notificaciones Electrónicas. (ANEXO V)

 

g) Certificación expedida por la entidad bancaria correspondiente, de la existencia de cuenta abierta a nombre de la Entidad o asociación solicitante, indicando nombre del titular y autorizados.

 

h) Copia de los estatutos en los que se acredite que la Entidad Prestadora de servicios a la Juventud o Sección Juvenil de entidades de adultos, tiene entre sus fines la atención al colectivo juvenil.

 

El plazo de presentación de solicitudes de subvención será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM)

 

Si las solicitudes no reunieran los datos exigidos o no vinieran acompañadas de la documentación necesaria, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días, subsane los defectos presentando la documentación pertinente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena, en el catálogo de tramites de la Concejalía de Juventud mediante el procedimiento “Becas, ayudas, subvenciones y concursos”. https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10709

 

Se concederá como plazo máximo de justificación de la subvención obtenida el 31 de enero 2025.

 

El pago de la subvención se realizará de forma anticipada de hasta el 100% de la subvención concedida como financiación necesaria para llevar a cabo el proyecto debido a la naturaleza de las entidades que concurren en el procedimiento. Para el pago de la subvención será necesario que el beneficiario se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro u otra causa con el Ayuntamiento de Cartagena.

 

Las resoluciones de subvención se publicación, con efectos de notificación, en el Portal web del Ayuntamiento de Cartagena (https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp) y en el Tablón de anuncios de la página Web Municipal

 

Cartagena, 22 de abril de 2024. El Concejal del Área de Deportes y Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, José Martínez Hernández. (...)

 


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  • Fecha de última revisión de esta sección: 19/05/2024
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  • Fecha de última actualización del portal: 19/05/2024

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