Convocatoria de subvenciones, para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial, correspondientes al año 2025

Viernes 4 Abril 2025  |  Visto: 65 veces  |  Versión Imprimible



Ministerio de cultura


 

BOE n.º 82 de 04/04/2025

 

Extracto de la Resolución de 2 de abril de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial, correspondiente al año 2025.

 

BDNS (Identif.): 824725

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/824725)

 

Primero. Beneficiarios:

 

Fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y, en general, cualquier entidad sin fin de lucro que, no perteneciendo al sector público, acredite haber realizado actuaciones de promoción del libro o de las publicaciones culturales.

 

Segundo. Objeto:

 

Proyectos que modernicen, fortalezcan u optimicen el funcionamiento, dentro del territorio nacional, del sector del libro y las revistas culturales, como la celebración de congresos para profesionales, la elaboración de estudios, la puesta en marcha de iniciativas que mejoren la eficacia del conjunto de la cadena del libro y de las publicaciones culturales en sus distintas fases, las actuaciones que mejoren la comunicación entre los distintos agentes editoriales, que impulsen la reconversión del sector al modelo digital y/o la mejora de la formación de los profesionales del sector en materia de innovación.

 

Tercero. Bases reguladoras:

 

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

 

Cuarto. Importe:

 

El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 350.000 euros.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

 

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

 

Madrid, 2 de abril de 2025.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (apartado Cuarto.2.d) Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo) la Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador. (...)


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  • Fecha de última revisión de esta sección: 13/03/2025
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  • Fecha de última actualización del portal: 09/05/2025

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