La Policía Local controla el peso de los vehículos que circulan por el casco antiguo

Desde el pasado lunes y durante toda la semana, los agentes están realizando controles en las calles peatonales del centro, para comprobar que no circulan vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada


Miércoles 29 Julio 2015  |  Visto: 726 veces  |  Versión Imprimible


Calles del centro de la ciudad


Agentes de la Policía Local de Cartagena destinados en el Casco Antiguo, controlan desde el lunes el peso de los vehículos que realizan operaciones de carga y descarga en las calles peatonales del centro de la ciudad.

 

Durante toda la semana, los agentes están informando a los conductores que circulan por esta zona sobre la Ordenanza Municipal de Tráfico que establece que el límite máximo de tonelaje en las vías urbanas será de 40 toneladas, y de 12,5 toneladas en el casco antiguo.

 

No obstante, se podrá circular por el casco urbano con vehículos de masa máxima autorizada superior a 12,5 toneladas, siempre y cuando se obtenga un permiso especial.

 

Además, en calles y zonas peatonales, salvo permiso específico, no podrán circular vehículos de masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas.

 

Así, tendrán permiso para acceder a las zonas peatonales del casco antiguo:

 

a) Los vehículos que deban realizar operaciones de carga y descarga con vehículos de MMA limitado a 3,5 toneladas y con una duración máxima de las operaciones de quince minutos.

 

b) Los vehículos de servicios municipales

 

c) Los vehículos de urgencia

 

d) Los vehículos de los Servicios de Seguridad.

 

Todos aquellos vehículos no autorizados que quieran acceder a las zonas peatonales, deberán de solicitar permiso especial en la oficina municipal de tráfico, destacando los siguientes:

 

a) Los vehículos de propietarios de garajes o locales comerciales con acceso al interior de los mismos, siempre que posean licencia de vado.

 

b) Los vehículos de residentes que accedan y se detengan frente a sus domicilios por un tiempo no superior a dos minutos.

 

c) Los vehículos de empresas concesionarias o contratistas de servicios públicos (gas, telefónica, eléctricas, etc.).

 

d) Los vehículos de minusválidos, enfermos o imposibilitados residentes.

 

e) Los vehículos que deban realizar, eventualmente, operaciones de carga y descarga, así como aquellos que superen el peso y los límites establecidos.

 

Recordar que la Ordenanza Municipal de Tráfico recoge sanciones de hasta 200 euros, para aquellos vehículos que circulen por zonas peatonales sin la preceptiva autorización.


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