El Ayuntamiento abrirá a consulta pública su proyecto de ordenanza de vehículos de movilidad personal como los patinetes

La nueva norma establecerá el uso obligatorio del casco y contratar un seguro de responsabilidad, y prohibirá la circulación por aceras y zonas peatonales


Jueves 4 Marzo 2021  |  Visto: 2.815 veces  |  Vídeo  Audio  |  Versión Imprimible


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El nuevo proyecto de ordenanza municipal de regulación de los vehículos de movilidad personal de Cartagena se someterá en los próximos días a consulta pública, según se ha aprobado este jueves en la Junta de Gobierno Local, que ha presidido la alcaldesa, Ana Belén Castejón.

La ordenanza tiene por objeto regular el uso de estas modalidades de movilidad, entre las que se encuentran los patinetes eléctricos, garantizando la seguridad de sus usuarios y la del resto de los usuarios de la vía, especialmente la de los peatones.

Por eso, no se autorizará su uso en zonas peatonales ni en aceras. Podrán circular por carriles bici que estén en las calzadas, y si no hay carril bici, solo podrán circular por la parte derecha de la calzada.

Por otra parte, en las calles que tengan acera al mismo nivel que la calzada, como por ejemplo calle del Aire, estos vehículos de movilidad personal (VMP) se mantendrán en la zona de rodadura y la velocidad máxima se reducirá a 20 kilómetros por hora.

La ordenanza contempla que el uso del casco sea obligatorio para los usuarios de estos vehículos, y fija la edad mínima permitida para circular con uno de ellos en 15 años

Además, prevé la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para el usuario y frente a terceros. Asimismo, será necesario el uso de prendas reflectantes para garantizar su visibilidad. También será obligatorio instalar dispositivos luminosos de color blanco en la parte delantera y color rojo fijo o intermitente en la parte trasera para hacerse visible.

Esta ordenanza se adapta a la nueva normativa estatal de circulación de la DGT, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2021, que fija la velocidad máxima permitida en 25 km/h.


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  • Fecha de última revisión de esta sección: 20/04/2024
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