Modelo de Organización Policial

Se propone un organigrama para el Cuerpo de la Policía Local de Cartagena que tenga una doble componente en la distribución de efectivos, esto es una componente funcional y otra territorial.

En este amplio término municipal la distribución de efectivos no puede ser solo desde un punto central y en razón a diversas especialidades, ya que no cumpliríamos los objetivos de equidad, eficacia y rapidez en la respuesta policial que demandan y merecen todos los vecinos del municipio.

Condicionado enormemente el organigrama por el número de efectivos de la escala de mando, lo culmina en parte superior, el Subinspector Jefe del Cuerpo la Policía Local, ejerce la máxima responsabilidad en la Policía Local, y ostenta el mando inmediato y operativo del Cuerpo, bajo la superior autoridad del Alcalde, o del Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana.

Corresponde al Jefe del Cuerpo:

  1. Transformar en órdenes concretas las directrices recibidas del Alcalde o Alcaldesa, o miembro de la corporación en quien aquél o aquella deleguen cuando así lo permita la legislación vigente.
  2. Dirigir, coordinar y supervisar los servicios operativos del Cuerpo, así como las actividades administrativas relacionadas directamente con sus funciones, para asegurar su eficacia.
  3. Ejercer el mando del personal y, en su caso, de las unidades especializadas, directamente o a través de los responsables designados, así como asignar los servicios y cometidos concretos de todo el personal activo.
  4. Evaluar las necesidades de recursos humanos y materiales, y formular las correspondientes propuestas.
  5. Informar al Alcalde o Alcaldesa, o al cargo en quien éste o ésta, en su caso, delegue, del funcionamiento del servicio y del cumplimiento de los objetivos y órdenes recibidas.
  6. Cuidar de que se cumplan las disposiciones legales y reglamentarias, así como las resoluciones de la Alcaldía y los acuerdos de la corporación que afecten a la policía local.
  7. Proponer al Alcalde o Alcaldesa la incoación de expedientes disciplinarios así como la concesión de distinciones y condecoraciones a los miembros del Cuerpo.
  8. Elevar al Alcalde propuestas de mejora en la organización y el funcionamiento del servicio de policía local, así como propuestas en materia de formación del personal.
  9. Desempeñar cualquier otra función que le atribuya la normativa vigente o el Reglamento del Cuerpo del Policía Local.

  • Fecha de última revisión de esta sección: 11/08/2023
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  • Fecha de última actualización del portal: 07/12/2023
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