El art. 4.1.a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), atribuye a los Ayuntamientos potestad reglamentaria, es decir, capacidad para desarrollar, dentro de la esfera de sus competencias, lo dispuesto en las leyes estatales o autonómicas. Como consecuencia de esta potestad, los Ayuntamientos pueden dictar disposiciones de carácter general y de rango inferior a ley, sin que, en ningún caso, estas disposiciones puedan contener preceptos opuestos a las leyes.

Sin perjuicio de los Bandos de la Alcaldia-Presidencia, la potestad reglamentaria de los Ayuntamientos se materializa a través de las Ordenanzas y Reglamentos aprobados por el Pleno municipal. Tradicionalmente, aunque ello no se desprende de la legislación vigente, se habla de "Ordenanzas" para referirse a las normas municipales con efectos sobre los ciudadanos y de "Reglamentos" para las normas internas, de autoorganización. Sin embargo, se trata de dos términos que expresan una misma realidad jurídica: normas de naturaleza reglamentaria elaboradas por el Pleno de un Ayuntamiento.

La aprobación de las Ordenanzas y Reglamentos municipales, en general, se ajusta al siguiente procedimiento (art. 49 LRBRL):

  1. Aprobación inicial por el Pleno, por mayoría simple.
  2. Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias (el anuncio se expone al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia).
  3. Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el acuerdo inicial se puede establecer que, si no se presentan reclamaciones, la Ordenanza o Reglamento se considerará aprobada definitivamente de forma automática.
  4. Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Este procedimiento tiene algunas modificaciones para algunos tipos de Ordenanzas y Reglamentos municipales concretos (por ejemplo, las Ordenanzas fiscales -véase el artículo 17 de la Ley de Haciendas Locales)

La entrada en vigor de las Ordenanzas y Reglamentos municipales se produce, una vez publicado el texto íntegro, cuando han transcurrido 15 días contados desde la recepción por la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas de la comunicación del acuerdo municipal que debe remitirles el Ayuntamiento (arts. 70.2 y 65.2 LRBRL).

Nota de Secretaría General: La información que se incluye en esta página tiene como finalidad divulgar el conocimiento de los textos que se publican, prevaleciendo, en consecuencia, sobre ella los documentos que obran en los archivos municipales y diarios oficiales en que se publican.

  Documentos

  • 01 - Reglamento de Régimen Interno del Archivo Municipal de Cartagena y de Gestión de Documentos del Ayuntamiento
  • 02 - Reglamento de la Asesoría Jurídica de Cartagena
  • 03 - Reglamento de las Bibliotecas Municipales de Cartagena
  • 04 - Reglamento de Funcionamiento Interno de la Casa de Acogida del Municipio de Cartagena
  • 05 - Reglamento del Consejo de Cultura de Cartagena
  • 06 - Reglamento del Consejo Económico-Administrativo de Cartagena
  • 07 - Reglamento del Consejo de Igualdad de Oportunidades del Municipio de Cartagena
  • 08 - Reglamento del Consejo Municipal de Comercio para el término municipal de Cartagena
  • 09 - Reglamento del Consejo Social de la Ciudad de Cartagena
  • 10 - Reglamento de Creación, Modificación y Supresión de Ficheros de Carácter Personal del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena
  • 11 - Reglamento de la Escuela de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Cartagena.
  • 12 - Reglamento del Servicio de Escuelas Infantiles Municipales de Cartagena
  • 13 - Reglamento de Evidencias Digitales del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena
  • 14 - Reglamento de Funcionamiento de los Locales Sociales
  • 15 - Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Cartagena
  • 16 - Reglamento de Inspección y Organización de Servicios del Ayuntamiento de Cartagena
  • 17 - Reglamento de Uso y Funcionamiento de las Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento de Cartagena
  • 18 - Reglamento interno de funcionamiento de la Junta Municipal de Venta Ambulante para el término municipal de Cartagena
  • 19 - Reglamento de Mercados Municipales
  • 19.1 - Modificación del Reglamento de Mercados Municipales de Cartagena
  • 20 - Reglamento del Parque de Educación Vial de Cartagena
  • 21 - Reglamento de Participación Ciudadana, Distritos y Juntas Vecinales Municipales
  • 22 - Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Cartagena
  • 22.1 - Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Cartagena
  • 23 - Reglamento que regula la Política de Firma y Sello electrónicos y de Certificados del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena
  • 24 - Reglamento de Política de Seguridad de la Información en el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena
  • 25 - Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Cartagena
  • 26 - Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
  • 27 - Reglamento de Régimen Interno del Vivero de Empresas para Mujeres del municipio de Cartagena
  • 29 - Normas de Creación y Uso de Redes Sociales y Páginas Web del Ayuntamiento de Cartagena y de sus Organismos Autónomos
  • 30 - Política de Gestión de Documentos Electrónicos del Excelentísimo Ayuntamiento de Cartagena
  • Fecha de última revisión de esta sección: 01/12/2023
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  • Fecha de última actualización del portal: 06/12/2023
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