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  Subvenciones

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS PARA EL AÑO 2023


Organismo:
Deportes
Descripción:

Objeto: La presente convocatoria tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable al otorgamiento de subvenciones para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, según los principios de igualdad y no discriminación, de publicidad, transparencia, objetividad, eficacia y eficiencia, establecidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y acorde con los requisitos exigidos en el artículo 17, apartados 2 y 3 del citado texto legal, dirigidas a Entidades y Asociaciones Deportivas para la promoción de la actividad física y el deporte, así como para la organización, en el término municipal de Cartagena, de eventos deportivos, el desarrollo de actividades físico-deportivas fomento de la práctica deportiva en cualquiera de sus disciplinas y vertientes.

BDNShttps://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/719876

BDNShttps://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/719875

El plazo de presentación de solicitudes, será de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La convocatoria se publicará en la BDNS (BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES) en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23.2 de la LGS y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la misma. La solicitud (ANEXO I), según modelo normalizado, la Instancia, y la documentación requerida, irán dirigidas a la Concejalía de Deportes, y deberá ser presentada por vía telemática a través de la Sede Electrónica Municipal en un único pdf.

De conformidad con el apartado 10 de la convocatoria de las presentes subvenciones, la propuesta de resolución definitiva se publicará en la BDNS y en la web municipal, https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, la publicación realizada por dichos medios, tendrá los efectos de la notificación, designándose los mismos, a efecto de sucesivas publicaciones. La presente propuesta no crea derecho alguno a favor de los beneficiarios frente a esta Administración hasta no se les haya notificado la resolución definitiva de concesión de subvención.

 

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  • Fecha de última revisión de esta sección: 24/07/2024
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  • Fecha de última actualización del portal: 27/07/2024

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