Las funciones a desarrollar por la Agrupación siempre bajo la dirección técnica de la Jefatura del Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil y con carácter general son:
En el marco de la prevención
- Estudios de riesgos de la localidad, preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
- Colaboración y apoyo a la confección y divulgación de los planes de autoprotección en dichos centros.
- Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los Planes Territoriales Municipales, Planes de Actuación frente a riesgos específicos y Protocolos de Actuación ante posibles situaciones de emergencia.
- Confección y realización de campañas de información y divulgación a colectivos afectados por los distintos riesgos.
En el marco de la intervención
- Apoyo a los servicios operativos de emergencia rutinarios: bomberos, Sanitarios, Policía Local y otros.
- Atención a afectados en emergencias: evacuación, albergue, avituallamiento, etc.
- Actuación en situaciones de emergencia: incendios forestales, inundaciones, terremotos, etc.
- Actuación en dispositivos operativos de carácter preventivo en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, conciertos, partidos de fútbol, etc...
Plan COPLA “PLAN DE VIGILANCIA Y SALVAMENTO EN PLAYAS”
Objeto de actuación
1.-El tipo de actuación a desarrollar es la vigilancia de las playas y zona de baño, el salvamento o rescate de bañistas, atención de primeros auxilios a los usuarios de la playa o personas que ocupan embarcaciones muy cerca de la playa. Actuaciones que el Plan de Vigilancia y Rescate en Playas y Salvamento en el mar de la Región de Murcia califica como de “nivel 0” de gravedad.
2.-Los limites geográficos son las playas, la zona de baño (hasta los 200 metros como máximo, es decir si no está más limitada por balizas) y las aguas interiores. No estando incluidas las piscinas.
3.-La temporalidad es todo el año, si bien, al ser muy variable la incidencia de servicios, los dispositivos de intervención cambian mucho de una época a otra, en este sentido y siguiendo el criterio establecido por la Administración Autonómica, se definen tres épocas de peligro:
EPOCA DE PELIGRO ALTO los meses de Julio y Agosto.
EPOCA DE PELIGRO MEDIO los meses de Junio y Septiembre.
EPOCA DE PELIGRO BAJO el resto del año.
Personal
Socorrista.- Persona con un titulo acreditativo de haber realizado un curso de Soporte Vital Básico superior a 40 h
Socorrista Acuático.-Técnico en salvamento acuático, encontrándose en posesión del título acreditativo.
Socorrista Acuático Especialista en Playas.- Técnico en salvamento acuático especialista en playas, encontrándose en posesión del título acreditativo.
Técnico en Emergencias Sanitarias.- Técnico en Soporte Vital Básico y Avanzado, encontrándose en posesión del título acreditativo.
Vigilante.- Voluntario cuya misión es controlar las playas y zonas de baño, actuando en apoyo del socorrista y prestando los primeros auxilios.
CECARM.- Centro de Emergencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
CECOP.- Centro Coordinación Provincial.
CECOPAL.- Centro de Coordinación Municipal